ORDEN FORAL 222/2011, de 5 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las convocatorias de 2012 de los exámenes para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, y se establecen las tarifas correspondientes de derechos de examen.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 11 de septiembre de 1985, tomó a su cargo la expedición del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra al cesar la Real Academia de la Lengua Vasca -Euskaltzaindia- en este cometido.

Ese mismo Acuerdo establece que el Departamento de Educación procederá a definir el marco legal del desarrollo de dicha actividad y constituir los órganos que han de hacerse cargo de ella.

Mediante Orden Foral 1535/1985 se creó el Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra.

Por Orden Foral 463/1998, de 15 de diciembre, se encomendó al Servicio de Vascuence del Departamento de Educación las tareas relativas a la organización, preparación, ejecución y corrección de las pruebas para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, así como la creación de la Comisión Oficial y el Tribunal Oficial que llevarán a cabo dichas tareas.

El Director del Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas presenta informe favorable para aprobar las bases de las convocatorias de 2012, la constitución de los diferentes organismos competentes para la realización de las pruebas y sus funciones, y para establecer la tarifa que se abonará en concepto de derechos de examen.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Convocar los exámenes correspondientes a las convocatorias del año 2012 para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra.

  2. Aprobar las bases de las convocatorias, que se especifican en el anexo de la presente Orden Foral.

  3. Constituir la Comisión Oficial del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, y encomendarle las siguientes tareas:

    -Organizar, diseñar y supervisar las pruebas para la obtención del mencionado Título.

    -Elegir los diseñadores de las pruebas.

    -Coordinar la respuesta a las reclamaciones.

    -Establecer los criterios de evaluación y corrección de las pruebas y velar por que estos criterios sean aplicados por el Tribunal.

    La Comisión Oficial estará presidida por el Director del Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas o persona en quien delegue, y estará formada por técnicos de la Sección de Lengua Vasca y por profesores y profesionales del ámbito de la enseñanza de la lengua vasca.

    La Comisión Oficial del Título (EGA) podrá constituir grupos de trabajo para la elaboración y supervisión de los exámenes, para la redacción de los criterios de evaluación y corrección, así como para otras tareas que considere oportunas.

  4. Establecer una tarifa de derechos de examen de 25 euros para cada convocatoria, conforme a lo dispuesto en la base 4.ª de la convocatoria.

  5. Nombrar, para las convocatorias del año 2012, como miembros de la Comisión Oficial del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra a las siguientes personas:

    -Don Marcelino Arrosagaray Auzqui, que actuará como Presidente de la Comisión.

    -Doña M.ª Amparo Antoñana Ábalos.

    -Doña Miren Garbiñe Basurto Luzuriaga.

    -Don José Luis Irigoien Paternain.

    -Don Ander Irizar Apaolaza.

    -Don Luis Marcelo Los Arcos Pérez.

    -Don Ion Iñaki Mundiñano Larraza.

    -Doña Nekane Orbegozo Alcorta.

    -Don Roberto Pérez Elorza.

    -Don Fernando Rey Escalera.

    -Doña M.ª Carmen Huarte Carrión, que actuará como Secretaria.

  6. Constituir el Tribunal Oficial del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra para las convocatorias del año 2012 y encomendarle las tareas técnicas relativas a la ejecución y corrección de las pruebas, la participación en comisiones de trabajo y de atención a las reclamaciones, así como aquellas funciones que le asigne la Comisión Oficial y que serán coordinadas por la misma.

  7. Designar como miembros del Tribunal Oficial del Título de Aptitud de...

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