ORDEN FORAL 379/2009, de 21 de julio, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que modifica la Orden Foral 75/2006, de 6 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el procedimiento para la expedición del carné de capacitación para la utilización de productos fitosanitarios en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Orden de 8 de marzo de 1994 modificada por la Orden PRE/2922/2005 de 19 de septiembre establece la normativa reguladora de la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas.

Por Decreto Foral 50/1996 de 22 de enero, se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas, la aplicación de la normativa reguladora del Libro Oficial de Movimientos de plaguicidas peligrosos y los cursos y carné de capacitación en la utilización de plaguicidas en la Comunidad Foral de Navarra.

La Orden Foral 75/2006, de 6 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, regula el procedimiento administrativo para la expedición del carné de manipulador de productos fitosanitarios en la Comunidad Foral de Navarra. El apartado 5 del artículo 8 de la citada Orden Foral, establece que el carné tendrá una validez de diez años en todo el territorio nacional a partir de la fecha de su expedición.

No obstante lo anterior, en dicha Orden Foral no queda reflejado el procedimiento de renovación del citado carné. Es por ello por lo que procede modificar la citada Orden Foral en el sentido de incluir un nuevo artículo que regule la renovación de los carnés expedidos en Navarra, así como un anexo con el modelo de solicitud de renovación.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Artículo único.

Se añade el artículo 8 bis.

Artículo 8. bis Renovación de los carnés expedidos en Navarra.

La renovación del carné de capacitación para la utilización de productos fitosanitarios se realizará a solicitud del interesado dirigida al Director General de Agricultura y Ganadería según modelo que figura en el anexo VII, en el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente o en las Oficinas Comarcales Agrarias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la...

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