ORDEN FORAL 122/2002, de 25 de abril, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de 'Registro de socios de las Bibliotecas Públicas de Navarra'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 122/2002, de 25 de abril, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de "Registro de socios de las Bibliotecas Públicas de Navarra".

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Se considera necesario la creación del fichero con denominación "Registro de socios de las Bibliotecas Públicas de Navarra", dada su inexistencia en el momento de la promulgación del Decreto Foral.

Por otra parte, el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, señala que "la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero".

En su virtud, visto el informe de la Sección de Bibliotecas,

ORDENO:

  1. Crear en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, el fichero denominado "Registro de socios de las Bibliotecas Públicas de Navarra".

    1. Finalidad y usos previstos.

      "Posibilitar el préstamo, la consulta y la información de documentos en las Bibliotecas Públicas de Navarra. Facilitar el envío de cartas y comunicaciones referentes a la actividad bibliotecaria. Servir de base al estudio estadístico y evaluación del servicio bibliotecario".

    2. Personas y colectivos afectados.

      Cualquier ciudadano o ciudadana que quiera hacer uso de los servicios de las Bibliotecas Públicas de Navarra.

    3. Procedimiento de recogida de datos.

      Los datos serán facilitados por el interesado o su representante legal, a través de un formulario impreso o electrónico.

    4. Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.

      -Datos de carácter identificativo:

      .D.N.I./N.I.F.

      .Nombre y apellidos.

      .Dirección (postal, electronica).

      .Teléfono.

      .Firma.

      . Número de registro personal.

      -Datos de características personales:

      .Fecha de nacimiento.

      .Sexo.

    5. Cesión de datos de carácter personal.

      Los datos contenidos en el fichero no serán cedidos o comunicados a ninguna persona o entidad, distinta del interesado, ni se llevarán a cabo transferencias internacionales de los mismos.

    6. Unidad orgánica responsable del fichero.

      El responsable del fichero objeto de esta Orden Foral...

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