ORDEN FORAL 54/2001, de 26 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se fijan los módulos económicos de subvención para los Programas de Iniciación Profesional, para el año 2001, y se autoriza el segundo abono de los mismos, correspondientes al curso 2000/2001.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 54/2001, de 26 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se fijan los módulos económicos de subvención para los Programas de Iniciación Profesional, para el año 2001, y se autoriza el segundo abono de los mismos, correspondientes al curso 2000/2001.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo establece, en su artículo 23.2, la necesidad de garantizar programas específicos de Garantía Social para los alumnos que no alcancen los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir estudios en las distintas enseñanzas reguladas en dicha Ley.

La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes, en su disposición adicional quinta.2, autoriza a las administraciones educativas a establecer convenios con centros que impartan Programas de Iniciación Profesional.

El Departamento de Educación y Cultura, tiene encomendada la regulación y promoción de los Programas de Iniciación Profesional en virtud de lo establecido en el artículo 18.2 del Decreto Foral 67/1993, de 22 de febrero.

Por Orden Foral 464/2000, de 28 de noviembre, se autoriza la implantación de Programas de Iniciación Profesional para el curso 2000/2001, en Institutos de Educación Secundaria, Centros Privados Concertados y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Foral de Navarra.

Mediante Resolución 753/2000, de 19 de septiembre, del Director General de Educación, se ordenan aspectos referidos al funcionamiento de los Programas de Iniciación Profesional en Navarra durante el curso 2000/2001.

Por Orden Foral 489/2000, de 15 de diciembre, se fijan los módulos económicos de subvención para los Programas de Iniciación Profesional para el año 2000, y se autoriza el abono del periodo septiembre-diciembre de 2000.

Finalmente, el artículo 35.2 de la Ley Foral 19/2000, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2001, establece que, dado el carácter experimental de la implantación anticipada de los Programas de Iniciación Profesional, la Administración educativa determinará con carácter provisional, los módulos económicos.

En consecuencia, el Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, de este Departamento, presenta un informe explicando el cálculo de los módulos de subvención correspondiente a cada uno de los Programas de Iniciación Profesional, según sus características particulares, y proponiendo la aprobación de los mismos para el año 2001.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar el importe anual del módulo económico por unidad escolar del año 2001, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados a subvencionar en condiciones de gratuidad a los centros concertados o entidades sin ánimo de lucro, autorizados para impartir las enseñanzas de los Programas de Iniciación Profesional en funcionamiento en el curso 2000/2001, que quedan establecidos de la siguiente forma:

    I.-Programas de Iniciación Profesional en centros concertados.

    Modalidad: Iniciación Profesional Básica.

    Auxiliar de Oficina 46.625,37 7.757.809

    Auxiliar de Oficina y Pequeño Comercio 46.625,37 7.757.809

    Auxiliar de...

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