ORDEN FORAL de 3 de julio de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se fomenta la retirada de plásticos utilizados en la agricultura y la ganadería de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 3 de julio de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se fomenta la retirada de plásticos utilizados en la agricultura y la ganadería de Navarra.

Los residuos de los plásticos que se utilizan en la agricultura y la ganadería constituyen cada vez en mayor grado un problema medioambiental y de manejo en buen número de explotaciones agrarias navarras.

Sin perjuicio de la obligación de los agricultores y ganaderos afectados, de proceder a la retirada de dichos plásticos, conviene fomentar dicha retirada a través de entidades que puedan colaborar en la misma, facilitando la eliminación o el reciclado de los plásticos.

En virtud de todo lo anterior, a la vista del informe emitido por el Servicio de Agricultura y Financiación Agraria, y en ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo 1 º Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto establecer un plan de fomento de la retirada de residuos plásticos utilizados en las explotaciones agrícolas y ganaderas de Navarra, durante el año 2000.

Artículo 2 º Beneficiarios.

Podrán acogerse al plan de fomento y ser beneficiarios de las ayudas correspondientes las entidades asociativas agrarias (cooperativas agrarias y sociedades agrarias de transformación), que presenten a la consideración del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación un programa de actuaciones que contemple la recogida y el acopio, depósito o almacenamiento de los residuos plásticos, así como su transporte a vertederos controlados o a centros de reciclaje o eliminación.

Artículo 3 º Programa de actuaciones.
  1. El programa de actuaciones deberá incluir la previsión del volumen de residuos plásticos a retirar, especificando el cultivo o el uso que han tenido los plásticos, el protocolo previsto para la retirada, el acopio, depósito o almacenamiento y el transporte del plástico, así como el destino de los mismos.

    El programa se completará...

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