ORDEN FORAL 1/2009, de 7 de enero, del Consejero de Educación por la que se aprueban Cartas de Servicios del Departamento de Educación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las Cartas de Servicios se conciben como un instrumento para la mejora y la modernización de las distintas Administraciones Públicas.

Su creación, contenidos y funciones vienen establecidos en los artículos 18 a 21 de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. El artículo 20 de esta Ley Foral dispone que "en el caso de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, cada Departamento y cada organismo autónomo elaborará su respectiva Carta de Servicios en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley Foral".

Por Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, el Gobierno de Navarra reguló reglamentariamente las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos y, posteriormente, mediante Orden Foral 119/2005, de 11 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se establecieron el diseño y la estructura de las Cartas de Servicios.

Corresponde al Departamento de Educación ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a enseñanza universitaria y no universitaria, así como el resto de atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes.

Dentro de este ámbito material de competencias del Departamento, se encuentra la de mejorar los niveles de calidad tanto en el sistema educativo, como de la intervención de la Administración.

De ahí que, siguiendo los nuevos patrones de calidad de los servicios públicos, y en aplicación de la normativa referenciada, resulte necesario aprobar las Cartas de Servicio del Departamento de Educación, como instrumento para que los ciudadanos, como usuarios de los servicios públicos, estén en condiciones de conocer qué clase de servicios puedan demandar y cuáles son los compromisos de calidad que asume el Departamento de Educación respecto del servicio solicitado.

En su virtud, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5.1 del Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, por el que se regulan las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos,

ORDENO:

  1. Aprobar las Cartas de Servicios del Departamento de Educación, correspondientes a los servicios relacionados con atención a la diversidad, orientación e interculturalidad, con las lenguas extranjeras en el ámbito escolar, con la integración curricular de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, con la tramitación y gestión de ayudas al estudio, con la formación del profesorado, con la gestión y tramitación de ayudas al alumnado de formación profesional y con la gestión y certificación de titulaciones y estudios no universitarios, contenidas en los anexos I al VII.

  2. Informar que los textos actualizados de las Cartas de Servicios del Departamento de Educación estarán disponibles en el Negociado de Información y podrán consultarse en la siguiente dirección de Internet: http://educacion.pnte.cfnavarra.es/portal/.

  3. Publicar esta Orden Foral, y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra, a efectos de su general conocimiento.

    Pamplona, 7 de enero de 2009.-El Consejero de Educación, Carlos Pérez-Nievas López de Goicoechea.

    DIVERSIDAD, ORIENTACIÓN Y MULTICULTURALIDAD

    Edición: 1

  4. Información general.

    1. Alcance de la Carta de Servicios.

      Los servicios relacionados con la diversidad, orientación e interculturalidad.

    2. Objetivo y misión de la Organización.

      El Departamento de Educación tiene como fin, en relación con la atención a la diversidad, la orientación y la multiculturalidad, la inclusión educativa de todo el alumnado de enseñanzas no universitarias, en colaboración con el profesorado, las familias y cuantos directa o indirectamente intervienen en la labor educativa; especialmente del alumnado que presenta Necesidades Educativas Específicas, bien sean de manera temporal o permanente.

    3. Datos identificativos de la organización responsable de la Carta.

      Denominación: Servicio de Diversidad, Orientación y Multiculturalidad.

      Área: Educación. Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación.

      Responsable del Servicio: Directora del Servicio.

    4. Relación de los servicios prestados.

    5. Elaboración de normativa referida a la orientación, NEE y multiculturalidad.

    6. Planificación, seguimiento y valoración de Programas y Proyectos relacionados con la diversidad, orientación e interculturalidad.

    7. Elaboración de criterios técnicos para la concesión de personal a los centros educativos en la atención a la diversidad y orientación.

    8. Subvenciones y ayudas a los centros y a las familias para la atención del alumnado.

    9. Asesoramiento en los ámbitos de la orientación, NEE e interculturalidad.

    10. Participación en la formación específica de los profesionales dirigida a mejorar la respuesta educativa, con elaboración y difusión de materiales.

    11. Participación de los usuarios en la mejora.

      -Sistema de quejas y sugerencias:

      .Buzón de sugerencias de la web del Servicio.

      .Direcciones electrónicas del Servicio.

      .Buzón de sugerencias web del Departamento.

      .Registro.

      -Modalidades de colaboración o participación de las personas usuarias en la mejora de los servicios:

      .Cuestionarios sobre papel y en la página Web.

    12. Derechos y obligaciones de los personas usuarias.

      -Derechos:

      .A recibir información y asesoramiento personal y/o a través de la Web.

      .A participar en las propuestas de mejora de los programas de Atención a la Diversidad.

      .Participar en la formación siguiendo los criterios establecidos.

      -Obligaciones:

      .Conocer la normativa referente a los programas de Atención a la Diversidad.

      .Rellenar los cuestionarios, memorias y otros instrumentos que valoran los programas o proyectos del Servicio.

    13. Normativa aplicable a los servicios objeto de la carta.

      Orden Foral 93/2008, de 13 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regula la atención a la diversidad en los centros educativos de Educación Infantil y Primaria y Educación Secundaria de la Comunidad Foral de Navarra.

      Decreto Foral 76/1993, de 1 de marzo, por el que se crea el Centro de Recursos de Educación Especial.

      Decreto Foral 153/1999, de 10 de mayo, por el que se regula la Orientación Educativa en los centros públicos de la Comunidad Foral de Navarra.

  5. Compromisos que se contraen en relación con los servicios que se prestan e indicadores para evaluar el cumplimiento de los compromisos.

    1. Elaboración de normativa referida a la orientación, NEE y multiculturalidad.

    2. Facilitar la colaboración del profesorado en la elaboración de la normativa posibilitando tiempos para alegaciones y aportaciones.

    3. Porcentaje de profesionales que han colaborado.

    4. Planificación, seguimiento y valoración de Programas y Proyectos relacionados con la diversidad, orientación e interculturalidad.

    5. Valorar los programas de atención a la diversidad y proponer líneas de mejora a los profesionales que los desarrollan.

    6. Propuesta de líneas de mejora en el 100% de los programas desarrollados.

    7. Elaboración de criterios técnicos para la concesión de personal a los centros educativos en la atención a la diversidad y orientación.

    8. Dar respuesta explícita y argumentada a los centros respecto a la solicitud de recursos humanos en el plazo máximo de un mes desde su recepción.

    9. Porcentaje de centros que en plazo han recibido respuesta.

    10. Subvenciones y ayudas a los centros y a las familias para la atención del alumnado.

    11. Mantener estable el calendario de publicación de las convocatorias.

    12. Publicación en las fechas previstas de las convocatorias, con un margen de un mes.

    13. Asesoramiento en los ámbitos de la orientación, NEE e interculturalidad.

    14. Recoger las consultas frecuentes (a partir de cinco consultas iguales) y exponerlas con las respuestas correspondientes en la Web del Servicio.

    15. Publicación en la Web de las respuestas a las preguntas frecuentes.

  6. Información complementaria.

    CENTRO

    Departamento de Educación

    DIRECCIÓN POSTAL

    Calle Santo Domingo, s/n. 31001 Pamplona

    TELÉFONO

    Diversidad: (848 42 69 71)

    Multiculturalidad: (848 42 62 31)

    Orientación: (848 42 66 24)

    FAX

    848 426052

    WEB

    http://educacion.pnte.cfnavarra.es/portal/Guia+del+Profesorado /Recursos+Educativos

    EMAIL

    Diversidad: mberzalf@cfnavarra.es

    Orientación: vviscard@cfnavarra.es

    Multiculturalidad: mcaraval@cfnavarra.es

    HORARIO

    08:30 h a 14:30 h

    LUGARES DE ATENCIÓN

    Departamento de Educacion. Escalera izquierda, 2.º piso

    LENGUAS EXTRANJERAS EN EL ÁMBITO ESCOLAR

    Edición: 1

  7. Información general.

    1. Alcance de la Carta de Servicios.

      La presente carta de servicios constituye el documento de acceso público a través del cual el Departamento de Educación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, el Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo y la Orden Foral 119/2005, de 11 de octubre, informa a los usuarios sobre los programas educativos dirigidos al profesorado y al alumnado para mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras.

      Los compromisos incluidos en esta carta de servicios se han adquirido voluntariamente para una mejor prestación de sus servicios públicos. No tienen carácter de disposición normativa y no surten efectos jurídicos vinculantes.

    2. Objetivo y misión de la Organización.

      Fomentar el uso comunicativo de las lenguas extranjeras que se aprenden en el sistema educativo navarro, especialmente del inglés.

      Gestionar y procurar recursos educativos que mejoren el aprendizaje.

      Promover la investigación y la implantación de programas innovadores que aporten calidad en la enseñanza de las lenguas.

      Promover redes de centros que permitan la participación del profesorado en foros de difusión de buenas prácticas.

    3. Datos identificativos de la Organización responsable de la Carta.

      Servicio de Planificación Lingüística Escolar

      Departamento de Educación

      Calle Santo Domingo, s/n

      31008 Pamplona

      Navarra

      Teléfono: 848 426543

      Fax: 848 426615

      Página Web...

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