DECRETO FORAL 248/2000, de 3 de julio, por el que se crea el Servicio del BOLETIN OFICIAL de Navarra, en el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 248/2000, de 3 de julio, por el que se crea el Servicio del BOLETIN OFICIAL de Navarra, en el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Mediante Decreto Foral 228/2000, de 19 de junio, se ha transferido desde el Departamento de Educación y Cultura al de Presidencia, Justicia e Interior la Sección de Traducción, entre cuyas funciones, está lo relativo al de traducción de la edición del BOLETIN OFICIAL de Navarra al Vascuence.

Esta adscripción hace conveniente reestructurar, reagrupándolas, aquellas unidades orgánicas que, de una u otra forma, intervienen en la preparación, edición y distribución del BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Para ello se crea el Servicio de BOLETIN OFICIAL de Navarra al que quedarán adscritas esas unidades, hoy dispersas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, el Gobierno de Navarra, en sesión de tres de julio de dos mil,

DECRETO:

Artículo 1 º 1

Se crea el Servicio del BOLETIN OFICIAL de Navarra, dentro de la estructura orgánica de la Secretaría General de Presidencia, en el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

  1. Serán funciones del Servicio del BOLETIN OFICIAL de Navarra la edición del BOLETIN OFICIAL de Navarra, comprendiendo la gestión completa de los textos originales a insertar en el mismo, la determinación del sumario de cada número, su traducción, composición, impresión y distribución.

Artículo 2 º 1

El Servicio del Boletín Oficial se estructura en:

-Sección de Gestión del BOLETIN OFICIAL de Navarra.

-Sección de Traducción.

-Sección de Producción y Distribución.

  1. La Sección de Gestión del BOLETIN OFICIAL de Navarra tendrá las siguientes funciones:

    -La recepción de la documentación a insertar desde los distintos centros de producción.

    -La gestión de los textos originales a insertar en el mismo.

    -La determinación del sumario de cada número.

  2. La Sección de Traducción tendrá las siguientes funciones:

    -La traducción oficial de las disposiciones generales, resoluciones administrativas y demás actos y documentos para la edición en vascuence del BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    -Las traducciones oficiales...

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