ORDEN FORAL 163/2008, de 22 de octubre, del Consejero de Educación, por la que se regulan las pruebas homologadas para la obtención del certificado de Nivel Básico de las enseñanzas de idiomas de alemán, francés y euskera, reguladas por el Decreto Foral 22/2007, de 19 de marzo, y se aprueban las convocatorias de 2009 para su obtención.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

De acuerdo con la Disposición Adicional Primera de la LOE y a partir de los aspectos básicos del currículo fijados en el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, el Departamento de Educación desarrolló los currículos de los niveles Básico e Intermedio de los idiomas alemán, euskera, francés, inglés e italiano para la Comunidad Foral de Navarra en el Decreto Foral 22/2007, de 19 de marzo.

Dado que el requisito de edad para acceder a las enseñanzas de idiomas es tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios y habida cuenta de que la disposición adicional Segunda del Decreto Foral 22/2007, de 19 de marzo, recogiendo la indicación de la disposición adicional primera del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, establece que el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra podrá organizar pruebas homologadas para la certificación oficial del conocimiento de las lenguas cursadas por los alumnos de educación secundaria y formación profesional, la Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar propone la organización y convocatoria de estas pruebas homologadas para el alumnado de Secundaria y Formación Profesional que no cumple el requisito de la edad.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Organizar las pruebas homologadas para la obtención del Certificado de Nivel Básico de las enseñanzas de idiomas de alemán, francés y euskara para el alumnado menor de dieciséis años que, al no cumplir el requisito de la edad, no pueden acceder a estas certificaciones de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

  2. Convocar las pruebas homologadas para la obtención del Nivel Básico de 2009, en las convocatorias de junio y septiembre.

  3. Aprobar las bases de las convocatorias de 2009, que se especifican en el anexo de esta Resolución.

  4. Designar al Servicio de Planificación Lingüística Escolar responsable del control de la organización y desarrollo de las pruebas, que se llevarán a cabo a través de la Escuela Oficial de Idiomas a Distancia.

  5. Publicar la presente Orden Foral y su anexo en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

  6. Trasladar la presente Orden Foral y su anexo a las Direcciones Generales de Ordenación, Calidad e Innovación, de Inspección y Servicios y de Formación Profesional y Universidades; a los Servicios de Planificación Lingüística Escolar, de Ordenación e Innovación, de...

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