ORDEN FORAL 377/2001, de 23 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Huarte, para la implantación de un polígono de servicios, en Sector Itaroa, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 377/2001, de 23 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Huarte, para la implantación de un polígono de servicios, en Sector Itaroa, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Huarte ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como los informes del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones que se relacionan en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Huarte, para la implantación de un polígono de servicios, en Sector Itaroa, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con las siguientes determinaciones vinculantes:

    A.-Las contenidas en el "Informe del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones en relación con la red de carreteras de la Comunidad Foral de Navarra", de 7 de febrero de 2001, que obra en el expediente.

    B.-Con relación a la rotonda de acceso al sector desde la carretera NA-32, la edificación se situará a una distancia mínima de 15 metros desde el bordillo exterior de la glorieta.

    C.-En aplicación del artículo 18.3 de la Ley 6/98, de 13 de abril, sobre régimen de suelo y valoraciones, y de acuerdo con el informe citado en la primera determinación (A), se vinculará al sector Itaroa Servicios el refuerzo del sistema general de la NA-32, lo que implica las actuaciones siguientes y los terrenos necesarios para su desarrollo:

    -El desdoblamiento y urbanización del tramo de la carretera NA-32, desde la rotonda del enlace con la NA-150 hasta el enlace de Zokorena, incluyendo las reformas que resultaren necesarias en estos dos enlaces.

    -La rotonda intermedia de enlace con el sector.

    D.-El Ayuntamiento de Huarte establecerá las medidas oportunas para garantizar el cumplimiento de la determinación anterior (C). En todo caso no podrán concederse licencias de edificación en el sector en tanto no se hayan producido...

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