ORDEN FORAL 279/2007, de 25 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Imotz, referente al cambio de categoría de la parcela 101 del polígono 11 (subparcela A) de Urritza, pasando de Suelo no Urbanizable de Mediana ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 279/2007, de 25 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Imotz, referente al cambio de categoría de la parcela 101 del polígono 11 (subparcela A) de Urritza, pasando de Suelo no Urbanizable de Mediana Productividad Agrícola-Ganadera a Suelo Urbano No Consolidado para la construcción de una vivienda, promovido por Domingo Olaechea Barbería.

El Ayuntamiento de Imotz ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Imotz, referente al cambio de categoría de la parcela 101 del polígono 11 (subparcela A) de Urritza, pasando de Suelo no Urbanizable de Mediana Productividad Agrícola-Ganadera a Suelo Urbano No Consolidado para la construcción de una vivienda, promovido por Domingo Olaechea Barbería.

  2. Instar al Ayuntamiento a remitir a este Departamento, en el plazo máximo de tres meses, un Texto Refundido de la presente modificación en la que se recoja, en documentación tanto escrita como gráfica, la categoría citada en el apartado 1 de la presente Orden Foral, así como el número de viviendas permitido.

  3. Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR