ORDEN FORAL 430/2006, de 21 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Proyecto de Urbanización del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación de un Area Industrial como ampliación del Polígono Industrial de Rocaforte, promovido por Navarra...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 430/2006, de 21 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Proyecto de Urbanización del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación de un Area Industrial como ampliación del Polígono Industrial de Rocaforte, promovido por Navarra de Suelo Industrial, S.A. (NASUINSA).

Por Orden Foral 20/2005, de 13 de enero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se aprobó inicialmente el Proyecto de Urbanización del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación de un Area Industrial como ampliación del Polígono Industrial de Rocaforte, promovido por NASUINSA.

Dicha Orden Foral fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 18, de 11 de febrero de 2005, sometiéndose el citado Proyecto de Urbanización a información pública durante el plazo de veinte días.

En el periodo de exposición pública del expediente no se han presentado escritos de alegaciones.

En su virtud, visto el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo y de conformidad con lo preceptuado en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación de un Area Industrial como ampliación del Polígono Industrial de Rocaforte, promovido por Navarra de Suelo Industrial, S.A. (NASUINSA), con las siguientes determinaciones:

    _El inicio de las obras queda supeditado a la resolución del trámite oportuno para la remodelación de la Traviesa T-10, conforme al procedimiento previsto en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, y que finalizará con la realización de las rectificaciones correspondientes en el Registro de Riqueza territorial.

    _Con carácter previo al inicio de las obras, la promotora deberá contar con la autorización del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

    _La promotora deberá proveerse de una nueva autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Ebro, puesto que de acuerdo al oficio del Ministerio de Medio Ambiente aportado _comunicación de la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de fecha 17 de septiembre de 2004_ el plazo para la ejecución de las mismas finalizó el 19 de septiembre de 2006.

    _Cumplimiento de las medidas encaminadas a la protección, documentación y...

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