RESOLUCION 1471/2006, de 18 de septiembre, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se dispone la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Normativa del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal 'Area de actividades económicas de Carácter Comarcal en Tudela', promovido por el Ayuntamiento de Tudela.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCION 1471/2006, de 18 de septiembre, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se dispone la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Normativa del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal "Area de actividades económicas de Carácter Comarcal en Tudela", promovido por el Ayuntamiento de Tudela.
Mediante Acuerdo de Gobierno de 30 de mayo de 2005, se aprobó definitivamente el expediente arriba referenciado. En el citado Acuerdo se instaba al promotor a la elaboración de un Texto Refundido que recogiera las modificaciones derivadas de la documentación incorporada al proyecto inicial, así como de las determinaciones que se proponen.
Habiéndose aportado por el promotor la documentación exigida y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procede la publicación de la Normativa del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal "Area de actividades económicas de Carácter Comarcal en Tudela".
En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, y de conformidad con el artículo 29.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
RESUELVO:
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Disponer la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Normativa del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal "Area de actividades económicas de Carácter Comarcal en Tudela", promovido por el Ayuntamiento de Tudela y cuyo texto íntegro se recoge en el Anexo que se adjunta a esta Resolución.
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Señalar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda en el plazo de un mes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Resolución.
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Trasladar esta Resolución al Ayuntamiento de Tudela, a Nasuinsa y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 18 de septiembre de 2006._El Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Ascunce Elizaga.
ANEXO
Disposiciones de carácter general
El presente Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal tiene por objeto establecer la ordenación territorial y el régimen urbanístico de los terrenos incluidos en su ámbito para el desarrollo del Area de Actividades Económicas de Tudela.
El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal será de aplicación, desde su entrada en vigor, en la totalidad del ámbito señalado en planos. El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal sustituye las determinaciones incluidas en la actual normativa urbanística del municipio afectado en el ámbito señalado, prevaleciendo sobre el planeamiento municipal vigente.
El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal se promueve por iniciativa del Ayuntamiento de Tudela, a través de la sociedad pública Navarra de Suelo Industrial, S.A. (Nasuinsa), en virtud del convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Tudela y Nasuinsa, propiciado por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, y Trabajo.
El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal entrará en vigor el día siguiente de la publicación de su aprobación definitiva en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Tendrá vigencia indefinida, hasta tanto no se apruebe definitivamente otro documento urbanístico de igual o superior rango que lo sustituya, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 46 de la Ley Foral 35/2002, o la legislación que complete o sustituya al anterior.
Este Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal clasifica, dentro de su ámbito de actuación, como urbanizables sectorizados los terrenos clasificados hasta ahora como no urbanizable genérico por el Planeamiento de Tudela, manteniendo la clasificación de Suelo Urbano para aquellos que ya quedaban clasificados como tales en el planeamiento de Tudela, siempre dentro del ámbito de actuación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.
El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal establece las siguientes clases de usos:
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Por su nivel de asignación:
_Globales.
_Pormenorizados.
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Por su idoneidad:
_Previstos.
_Tolerados.
_Prohibidos.
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Por su función:
_Industrial polígono.
_Actividad empresarial.
_Terciario-servicios.
_Ocio.
_Dotacional.
_Agrícola.
_Otros usos.
SECTOR S-1
Uso global: Actividades empresariales.
USOS USOS USOS
PREVISTOS TOLERADOS PROHIBIDOS
Actividad empresarial Aparcamientos El resto
Oficinas
Hostelero
Ocio
Cultural-Educativo
Servicios de operadores
Servicios vinculados a promoción
de desarrollo comarcal
Infraestructuras
Zonas verdes privadas
Viario privado
Residencial servicio
Industrial polígono Aparcamientos El resto
Almacenamiento
Equipamiento
Infraestructuras
Zonas verdes privadas
Viario privado
Residencial servicio
Equipamiento polivalente Aparcamientos El resto
Comercial
Parque infantil
Tráfico
Terciario
Oficinas
Hostelero
Ocio
Cultural-Educativo
Servicios de operadores
Servicios vinculados a promoción
de desarrollo comarcal
Servicios vinculados a Aparcamiento El resto
otros usos previstos
Zonas verdes públicas Zonas verdes públicas El resto
Infraestructuras
SECTOR S-2
Uso global: Industrial.
USOS USOS USOS
PREVISTOS TOLERADOS PROHIBIDOS
Industrial polígono Aparcamientos El resto
Almacenamiento
Equipamiento
Infraestructuras
Zonas verdes privadas
Viario privado
Residencial servicio
Actividad empresarial Aparcamientos El resto
Oficinas
Hostelero
Ocio
Cultural-Educativo
Servicios de operadores
Servicios vinculados a promoción
de desarrollo comarcal
Infraestructuras
Zonas verdes privadas
Residencial servicio
Equipamiento polivalente Aparcamientos El resto
Comercial
Parque infantil
Tráfico
Terciario
Oficinas
Hostelero
Ocio
Cultural-Educativo
Servicios de operadores
Servicios vinculados a promoción
de desarrollo comarcal
Servicios vinculados a Aparcamiento El resto
otros usos previstos
Zonas verdes públicas Zonas verdes públicas El resto
Infraestructuras
SECTOR S-3
Uso global: Terciario-Servicios.
Tabla de compatibilidad de usos a desarrollar a través de Plan Parcial.
En los Sectores S-1 y S-2 se adquiere el derecho a urbanizar a través de Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.
El Sector S-3 se desarrollará a través del correspondiente Plan Parcial.
Los Sectores S-1 y S-2 se ejecutarán por el sistema de compensación o reparcelación voluntaria.
En el Sector S-3 será el Plan Parcial de desarrollo el que concrete el sistema de actuación.
Los sistemas generales no adscritos se obtendrán por expropiación, y los adscritos a través de los proyectos de reparcelación, sin perjuicio de actuarse en su caso por expropiación u ocupación directa.
El Plan Sectorial comprende tres Areas de Reparto (AR-1, AR-2 y AR-3) que se corresponden con tres Sectores (S-1, S-2 y S-3).
Los Sectores S-1 y S-2 se ordenan directamente por el Plan Sectorial y constituyen cada uno una Unidad de Ejecución a desarrollar a través de los correspondientes Proyectos de Reparcelación y Urbanización.
El ámbito del Sector S-3 se desarrollará mediante Plan Parcial y posterior Proyecto de Urbanización y Reparcelación.
El Plan Sectorial, si fuera necesario, deberá ser adaptado al trazado definitivo que se adopte en el proyecto constructivo de la línea ferroviaria de alta velocidad.
Los planes o proyectos que desarrollen el PSIS deberán presentar un análisis detallado de los impactos ambientales previsibles, con datos actualizados de la fauna existente en el entorno afectable y un programa de seguimiento ambiental adecuado al nivel de definición mayor.
En el ámbito de los Sectores S-1 y S-2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal, se establecen las dotaciones y cesiones previstas para sectores de uso industrial, de forma pormenorizada. Así, los espacios públicos (viarios, reserva de viario, zonas verdes) serán de cesión al Ayuntamiento de Tudela, al igual que el 10 por 100 del aprovechamiento tipo.
En el Sector S-3 será el Plan Parcial el que concrete las cesiones.
El calendario para el desarrollo del Area de Actividades Económicas tiene varias etapas:
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_Redacción del Proyecto de Urbanización del Sector S-1: un mes desde la aprobación definitiva de este PSIS.
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_Ejecución de la urbanización fase 1 del Sector S-1: 18 meses desde la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización.
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_Ejecución de la urbanización fase 2 del Sector S-1: año 2009.
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_Ejecución de la urbanización del Sector S-2: año 2014.
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_Redacción Plan Parcial del Sector S-3: año 2009.
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_Redacción del Proyecto de Urbanización del Sector S-3: año 2009.
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_Ejecución de la urbanización del Sector S-3: año 2010.
Normativa general
-
_Ambito.
Corresponde a la superficie grafiada en planos, donde se pretende la instalación de un área de...
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