DECRETO FORAL 319/2000, de 25 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 319/2000, de 25 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Los representantes de las Administraciones Públicas de Navarra y las organizaciones sindicales para ello legitimadas han aprobado, en Mesa General de Negociación, el Acuerdo sobre condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2000 y 2001. Dicho acuerdo, en su cláusula octava, establece la supresión del requisito de haber completado un periodo de servicios en el destino para participar en los concursos de traslado, fijado en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y en la normativa propia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea; expresando en su cláusula decimonovena que la Administración elevará en cada caso al rango normativo que corresponda los apartados del presente Acuerdo, así como su desarrollo posterior, a los efectos de su formal aprobación y entrada en vigor.

El Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, exige un periodo de permanencia mínimo en un puesto para poder acceder a otro, tanto en el procedimiento de traslado por concurso de méritos como en el procedimiento de acoplamiento interno previo por concurso de méritos. En consecuencia, procede adecuar esta norma, aplicable a la provisión de puestos de trabajo en el ámbito del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a lo pactado en el Acuerdo sobre condiciones de empleo alcanzado en Mesa General de Negociación.

Sometido el presente Decreto Foral a informe preceptivo de la Comisión Permanente del Consejo de Navarra, conforme al artículo 17.1.a) de la Ley Foral reguladora, éste ha emitido dictamen, en el que se concluye que el mismo se ajusta al ordenamiento jurídico.

En su virtud, a propuesta conjunta de los...

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