ORDEN FORAL 319/2002, de 12 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se convocan Ayudas para determinados proyectos aprobados en el marco del Programa de la Iniciativa Comunitaria INTERREG III (2000-2006), Capítulo C.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Comisión Europea adoptó mediante Comunicación de 7 de mayo de 2001 (DOCE C141, de 15 de mayo de 2001) las orientaciones de la Iniciativa Comunitaria INTERREG III en su capítulo C "Cooperación Interregional", para el período 2000-2006, con la finalidad de contribuir al desarrollo de la cooperación transnacional entre autoridades nacionales, regionales y locales, para promover la cohesión económica y social entre las regiones de la Unión Europea.

A este fin la Comisión Europea ha aprobado cuatro programas de cooperación Interregional para las zonas Norte, Sur, Este y Oeste respectivamente. En estos programas se prevé la constitución de Comités de programación integrados por representantes de las administraciones implicadas, entre cuyas funciones se incluye la de seleccionar proyectos presentados para su financiación parcial con cargo a fondos comunitarios.

Mediante la presente Orden Foral se persigue el objetivo de conceder una financiación adicional con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, a aquellos proyectos presentados a INTERREG III C en las modalidades de "Proyectos de cooperación interregional individual" y "Redes", que habiendo obtenido la previa aprobación del correspondiente Comité de programación, se estimen de especial interés para la Comunidad Foral de Navarra.

En su virtud, vista la propuesta del Servicio de Acción Exterior y la conformidad de la Intervención Delegada,

ORDENO:

Artículo 1 º Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas por el Gobierno de Navarra, para proyectos presentados a la Convocatoria de la Iniciativa Comunitaria INTERREG III, Capítulo C, en las modalidades de "Proyectos de cooperación interregional individual" y "Redes", que obtengan la aprobación de los correspondientes Comités de Programación de INTERREG III C.

Artículo 2 º Beneficiarios.

Para poder beneficiarse de las ayudas, las entidades solicitantes deberán ser personas jurídicas privadas o sociedades públicas con domicilio social en Navarra, aceptadas como equivalentes a autoridades públicas por parte de la Autoridad de Gestión del correspondiente Programa Operativo INTERREG III C, según criterios establecidos en el Complemento de Programa correspondiente.

Artículo 3 º Proyectos subvencionables.

Para tener acceso a la financiación proveniente del Gobierno de Navarra los proyectos presentados deberán obtener la aprobación de los Comités de programación de los Programa de la Iniciativa Comunitaria...

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