ORDEN FORAL 603/2008, de 18 de noviembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se autoriza la caza del jabalí en el coto del Gobierno de Navarra, de Ezprogui-Sabaiza (NA-10.298), durante las temporadas 2008-09, 2009-10 y 2010-11.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La realización de un aprovechamiento cinegético ordenado es una de las herramientas más importantes en la gestión del jabalí. Los datos sobre su evolución en Navarra indican una expansión poblacional y territorial, llegando a estar presente, hoy día, en todo el territorio de la Comunidad Foral.

El coto de Ezprogui-Sabaiza (NA-10.298) es una de las manchas forestales más importantes de Navarra, con una buena capacidad de acogida como área de refugio para el jabalí.

De acuerdo a lo establecido en el Plan de Ordenación Cinegética de dicho acotado, se considera necesario organizar el aprovechamiento cinegético del jabalí con el fin de controlar su población.

En consecuencia,

ORDENO:

  1. Autorizar la caza del jabalí en el coto de Ezprogui-Sabaiza (NA-10.298), durante las temporadas 2008-09, 2009-10 y 2010-11, en la modalidad de batida con perros de rastro, en las siguientes condiciones:

    Fechas para la caza en batida:

    Temporada 2008-09: Los sábados comprendidos desde la fecha en que se realice la adjudicación de los permisos hasta el 28 de febrero de 2009.

    Temporada 2009-10: Los sábados comprendidos dentro del período hábil que se establezca para la caza del jabalí en la correspondiente Orden Foral de Vedas. No se cazará los días 5 y 26 de diciembre de 2009.

    Temporada 2010-11: Los sábados comprendidos dentro del período hábil que se establezca para la caza del jabalí en la correspondiente Orden Foral de Vedas. No se cazará los días 4 y 25 de diciembre de 2010, ni el día 1 de enero de 2011.

    Número y delimitación de las manchas:

    Número de manchas: Las batidas se realizarán en las nueve manchas establecidas en el Plan de Ordenación Cinegética, aprobado por Resolución 801, de 13 de mayo de 2004. Se podrá cazar en dos manchas cada día, que en ningún caso serán limítrofes.

    La secuencia para establecer el orden y alternancia de las manchas será la siguiente: 6-4; 1-3; 5b-7b; 2-7a; 5a-1; 2-4; 5b-7a; 6-7b; 5a-3.

    Delimitación de las manchas:

    -Mancha número 1: Loya, 312 has.

    Norte: Camino forestal de Loya por Arteta a la Fuente de Eslava.

    Sur: Término de Eslava.

    Este: Límite de la finca.

    Oeste: Camino de la Fuente de Eslava.

    -Mancha número 2: Arangoiti, 299 has.

    Norte: Camino forestal de Moriones a la ermita de Arangoiti y siguiendo, hasta la reserva.

    Sur: Camino de Arteta a Loya.

    Este: Límite con Moriones.

    Oeste: Límite de la reserva, y camino de Guetadar hasta Arteta.

    -Mancha número 3: Guetadar, 394 has.

    Norte: Carretera de Leoz a Sabaiza.

    Sur: Camino forestal del Collado de Uzkita a Guetadar.

    Este: Camino forestal de Sabaiza a Guetadar.

    Oeste: Límite de la finca.

    -Mancha número 4: Julio, 212 has.

    Norte: Camino forestal del Collado de Uzkita a Julio.

    Sur: Término de Eslava.

    Este: Camino forestal de Julio a la Fuente de Eslava.

    Oeste: Límite de la finca.

    -Mancha número 5a: Gardalain-El Juncal, 371 has

    Norte: Límite de la finca.

    Sur: Camino forestal de Sabaiza a Moriones.

    Este: Límite de la finca con el término de Leache.

    Oeste: Camino de Gardalain, pista forestal que desde Gardalain se dirige a la loma y a los altos.

    -Mancha número 5b: Gardalain-Begún, 415 has

    Norte: Límite de la finca

    Sur: Pista de la ermita de Arangoiti

    Este: Camino de Gardalain, pista forestal que desde Gardalain se dirige a la loma y a los altos.

    Oeste: Loma de Anchurda y el Fayal.

    -Mancha número 6: El Fayal, 315 has.

    Norte: Límite de la finca.

    Sur: Terrazas de repoblación de Gardalain.

    Este: Loma de Anchurda y el Fayal.

    Oeste: Bco. de Usumbelz y pista forestal de Sabaiza a Anchurda.

    -Mancha número 7a: Sabaiza-Gasu, 270 has.

    Norte: Límite de la finca.

    Sur: Camino forestal del Barranco de Linar a Sabaiza.

    Este: Camino forestal de Sabaiza a Anchurda.

    Oeste: Camino de la balsa y de ahí a los altos de Sabaiza.

    -Mancha número 7b: Sabaiza-Amanlobos, 339 has.

    Norte: Límite de la finca

    Sur: Carretera de Leoz a Sabaiza y camino de Sabaiza a Anchurda hasta el barranco Linar.

    Este: Camino del barranco de Linar al camino de la balsa y de ahí a los altos de Sabaiza.

    Oeste: Término de Leoz.

    Solicitudes de inscripción de las cuadrillas:

    Cada cuadrilla, que deberá ser exclusivamente de procedencia navarra, sólo podrá inscribirse una sola vez. En caso contrario será excluida del sorteo.

    La inscripción se hará en una única solicitud para las temporadas de caza de 2008-09, 2009-10 y 2010-11.

    En la solicitud, según el modelo del anexo I, se indicará:

    -La procedencia de la cuadrilla, es decir el acotado en el que caza habitualmente.

    -En el caso de que proceda de un coto mugante, deberá indicar tal condición. Sólo podrá presentarse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR