ORDEN FORAL 155/2006, de 29 de junio, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de ayudas para las personas que realicen cursos de formación de técnico deportivo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 155/2006, de 29 de junio, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de ayudas para las personas que realicen cursos de formación de técnico deportivo.

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, en su artículo 84 establece que la Administración de la Comunidad Foral impulsará la formación en el ámbito de las actividades deportivas. Asimismo, en su artículo 85 contempla la exigencia de poseer la correspondiente titulación de acuerdo con la normativa vigente en la materia, para todos aquellos que presten servicios de naturaleza técnico-deportiva.

El Decreto Foral 696/2003, de 15 de diciembre, por el que se aprueba la estructura orgánica y régimen de funcionamiento del Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte de Navarra, recoge entre sus objetivos conseguir la eficacia en la formación de técnicos deportivos.

Desde el Instituto Navarro de Deporte y Juventud se ha constatado, especialmente en los Juegos Deportivos de Navarra, la existencia de muchos entrenadores y acompañantes de los clubes participantes que no poseen titulación deportiva alguna que garantice el desarrollo de una práctica deportiva de calidad, en condiciones de salubridad y seguridad. Este hecho constituye un motivo de preocupación para la Administración deportiva de la Comunidad Foral ya que afecta a un grupo de población que es objeto de especial protección en nuestro ordenamiento jurídico, como son los menores. Es por ello, que el Instituto Navarro de Deporte y Juventud ha trazado un Plan destinado a dotar de un estándar de formación y titulación mínimos, denominado "Iniciador deportivo", para todos aquellos que ostenten responsabilidad como entrenadores de equipos y grupos deportivos en los Juegos Deportivos de Navarra.

En los últimos años se ha experimentado en el ámbito estatal un impulso significativo de las formaciones de técnicos deportivos auspiciado por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, por el que se configuran como Enseñanzas de Régimen Especial la conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, se aprueban las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas. Este Real Decreto, en su disposición transitoria primera, establece un periodo transitorio hasta la implantación de las nuevas enseñanzas, regulado con carácter homogéneo en todo el territorio nacional en cuanto a aspectos curriculares, requisitos generales y efectos de la formación deportiva por la Orden ECD /3310/2002, de 16 de diciembre. Con carácter general, las formaciones deportivas desarrolladas en las condiciones establecidas en esta Orden, representan un salto cualitativo y cuantitativo respecto a las formaciones anteriores reguladas por las respectivas federaciones deportivas para su modalidad. Una consecuencia inmediata de este nuevo marco formativo es el incremento de los costes y su repercusión en las cuotas que deben abonar los alumnos.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, se estima oportuno establecer una convocatoria de ayudas a la formación de técnicos deportivos que contribuya a paliar las deficiencias observadas y a mejorar la calidad de las enseñanzas deportivas. Esta actuación se considera que debe ser prioritaria en los niveles formativos inferiores y especialmente en el nivel de Iniciador deportivo, dada su vinculación con los programas de actividades deportivas dirigidos a menores cuyo máximo exponente son los Juegos Deportivos de Navarra.

En virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de ayudas a las personas que realicen cursos de formación de técnicos deportivos conforme a las bases que se establecen en el Anexo 1.º de la presente Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de hasta 25.000 euros para hacer frente a las ayudas a las que se refiere la presente Orden, que se abonará con cargo a la partida económica 940002-95100-4809-336100 denominada Ayudas a la actividad y al fomento del deporte, de los Presupuestos Generales de Navarra de 2006.

    En ejercicios posteriores, se autorizará el gasto correspondiente con cargo a la partida que, en su caso, se habilite para tal fin en los presupuestos generales de Navarra, estando, en todo caso, condicionada la concesión de ayudas a la existencia de crédito en el ejercicio correspondiente.

  3. Publicar la presente Orden Foral y sus anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Notificar esta Orden Foral a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda, al Servicio de Secretaría General e Infraestructura y a la Subdirección de Deporte del Instituto Navarro de...

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