ORDEN FORAL 396/2010, de 21 de diciembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades de servicios sociales que desarrollen programas en el área de voluntariado social para el año 2011.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, establece en su artículo 2 que las actuaciones de los poderes públicos en materia de servicios sociales tendrán como objetivos esenciales, entre otros, promover la participación de la comunidad en la resolución de las necesidades sociales y en particular de las entidades representativas de los colectivos más desfavorecidos.

Esta Ley Foral, en su artículo 5.n), considera la promoción del voluntariado como uno de los principios rectores del sistema de servicios sociales, estableciendo que los poderes públicos promoverán la colaboración solidaria de la ciudadanía en el ámbito de los servicios sociales, a través de la participación de las organizaciones de voluntarios, siempre que su función no suponga la sustitución de los servicios profesionales necesarios.

El Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General, incluye en el Anexo II como "Prestaciones no garantizadas", las subvenciones a entidades de voluntariado de servicios sociales. Estas subvenciones están previstas por los apartados a-16 y b-13 de la referida norma, siendo el objeto del recurso potenciar que entidades de servicios sociales realicen actividades de promoción del voluntariado social.

La Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado, dispone en su artículo 14 que la Comunidad Foral de Navarra apoyará económicamente la realización de programas y actividades de voluntariado, para lo cual se concederán subvenciones mediante convocatorias públicas.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.

Por Decreto Foral 184/2007, de 10 de septiembre, se aprueban los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia, otorgándosele a este organismo funciones sobre la materia a que afecta la presente convocatoria.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto la oportunidad e interés público de la aprobación de la presente convocatoria, así como la legalidad de la misma y sus correspondientes bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria de subvenciones a entidades de servicios sociales que desarrollen programas en el área de voluntariado social para el año 2011, que figuran como Anexo I a esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 125.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 920005-91810-4819-231000, denominada "Fondo 0,7% IRPF. Acciones de Voluntariado", del presupuesto de gasto de 2011, o a la partida presupuestaria análoga que se habilite en tal ejercicio, condicionado a la existencia de crédito en la misma.

  3. Trasladar esta Orden Foral a la Sección de Programas de la Agencia Navarra para la Dependencia, así como a la Sección de Gestión Presupuestaria de la Secretaría General Técnica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 21 de diciembre de 2010.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, M.ª Isabel García Malo.

ANEXO I

Bases de la convocatoria de subvenciones a entidades de servicios sociales que desarrollen programas en el área de voluntariado social para el año 2011

  1. Objeto y entidades beneficiarias.

    1.1. Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de servicios sociales que desarrollen programas en el área de voluntariado social para el año 2011.

    Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue fomentar y promover el desarrollo, por parte de las entidades que operan en el ámbito del voluntariado social, de acciones dirigidas a satisfacer las necesidades de los colectivos atendidos.

    1.2. Beneficiarios.

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las asociaciones y entidades de servicios sociales que, careciendo de ánimo de lucro y estando ubicadas en Navarra, desarrollen programas en el área de voluntariado social, dirigidos a personas dependientes, con el fin de promover su autonomía personal y mejorar su calidad de vida.

  2. Tipología de programas.

    Los programas presentados se encuadrarán en las siguientes tipologías:

    -Programas dirigidos a la captación, sensibilización, divulgación y promoción del voluntariado.

    -Programas de coordinación de actividades de voluntariado.

    -Formación externa en materia de voluntariado.

    -Formación interna en materia de voluntariado.

    -Fomento de grupos de autoayuda y voluntariado entre personas que comparten una misma problemática.

    -Programas realizados por personas voluntarias que se articulan en entidades donde canalizar su voluntad de participación en acciones solidarias de ayuda a otras personas con necesidades de apoyo para integrarse en la vida social de la comunidad.

    -Programas que facilitan la participación como voluntarias de las personas socias de una entidad en diferentes programas de dicha entidad.

  3. Requisitos de las entidades solicitantes.

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en estas bases reguladoras las entidades que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte del Gobierno de Navarra.

    2. Carecer de fines de lucro.

    3. Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente.

    4. Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas al voluntariado social.

    5. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

    6. Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines.

    7. Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.

    8. No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen por el artículo 13 apartado 2 y 3 de la Ley Foral de Subvenciones.

    Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

  4. Requisitos de los programas objeto de subvención.

    Los programas para los que se solicite la subvención deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Ser adecuados a la tipología prevista por estas bases reguladoras.

    2. Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.

  5. Presentación de solicitudes.

    5.1. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

    Las entidades interesadas habrán de presentar una solicitud conforme al modelo de instancia elaborado a tal fin, que estará a disposición de las mismas en las oficinas centrales de la Agencia Navarra para la Dependencia (calle González Tablas 7), así como en la página web del mismo organismo.

    La solicitud deberá presentarse durante el mes de enero de 2011, o en caso de publicación de la...

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