JuzgadodePrimeraInstancianúmeroCuatrodePamplona- EDICTO

SecciónVI - Administración de Justicia
Rango de LeyEdicto

Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona - E D I C T O

Don José María Madorrán Herguera, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 565/2004, a instancia de Banco Santander Central Hispano, S.A., contra doña Ana Carmen Olaiz Yaben, sobre ejecución, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, el bien que, con su precio de tasación se enumera a continuación:

BIEN QUE SE SACA A SUBASTA Y SU VALORACION

Vivienda en cuarta planta alta, tipo B, a la derecha y fondo subiendo por la escalera, con acceso por el portal número 14 de la calle Tajonar, en Pamplona, con una superficie útil de sesenta y seis metros veintinueve decímetros cuadrados y total con inclusión de terrazas de setenta y cinco metros treinta y siete decímetros cuadrados. Como anejo le corresponde un cuarto trastero sito en la planta sexta o bajo cubierta de catorce metros y ochenta decímetros cuadrados de superficie, identificado con el número 87. Valorada en 199.836,52 euros.

La subasta tendrá lugar el día 16 de septiembre de 2004, a las doce horas.

CONDICIONES DE LA SUBASTA

  1. _Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Identificarse de forma suficiente.

    2. Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

    3. Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en el Banesto, número 3161-0000-06-0565-04, que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 6652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

  2. _Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

  3. _Desde el anuncio de la subasta...

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