ORDEN FORAL 344/2002, de 28 de junio, del Consejero de Educación yCultura, por la que se resuelve la modificación y prórroga de losconciertos ordinarios en los niveles educativos de EducaciónPrimaria y Educación Secundaria Obligatoria, y Ciclos Formativosde Grado Medio y Superior.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 46/2002, de 27 de febrero, (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 35, de 20 de marzo), se dictaron normas sobre la modificación y prórroga de los conciertos educativos vigentes en los niveles educativos de la Enseñanza Básica, y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, para el curso académico 2002/2003.

Vistos los expedientes de modificación y/o prórroga formulados por los centros docentes privados y los incoados de oficio, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos aprobado por Decreto Foral 416/1992, de 14 de diciembre, que se relacionan en los correspondientes anexos, cumplidos los trámites procedimentales previstos en la legislación vigente, y de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 24 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar la modificación de los conciertos educativos ordinarios suscritos por los centros docentes privados para la Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria que se relacionan en los anexos I y II a esta Orden Foral, en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2002/2003.

    El concierto educativo de las Unidades de Currículo Adaptado tendrá una vigencia de un curso académico, ya que su autorización lo es también para un solo curso, y en el mismo sentido el concierto educativo de las Unidades de Diversificación Curricular también tendrá vigencia únicamente durante el curso 2002/2003, debiéndose solicitar su renovación, si procede, para cursos posteriores.

  2. Aprobar la modificación de los conciertos singulares suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los anexos III y IV, a esta Orden Foral, para los Ciclos Formativos de Grado Medio y para los Ciclos Formativos de Grado Superior; en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2002/2003.

  3. Concertar una unidad más de Enseñanza Básica Obligatoria de Educación Especial para Psíquicos en el centro "El Molino", de Pamplona, y una unidad menos de Tránsito a la Vida Adulta, quedando el concierto de la Enseñanza Básica Obligatoria en este centro en 3 unidades de Psíquicos, y 4 unidades de Autistas o problemas graves de la personalidad; además de 1 unidad de Tránsito a la Vida Adulta y 3 unidades de Programas de Iniciación Profesional Especial en Enseñanzas Postobligatorias.

  4. Prorrogar el concierto educativo singular por un curso en la modalidad parcial, las siguientes unidades del curso preparatorio de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior, con los centros privados: I.T.C...

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