ORDEN FORAL 157/2004, de 20 de mayo, del Consejero de Economía yHacienda, por la que se aprueban la descripción técnica de losprocesos por internet del Registro Voluntario de Licitadores de laComunidad Foral de Navarra y las Condiciones Legales de uso del WebSite y del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foralde Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 157/2004, de 20 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban la descripción técnica de los procesos por internet del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra y las Condiciones Legales de uso del Web Site y del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra.

La Disposición final segunda del Decreto Foral 174/2004, de 19 de abril, por el que se regula el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra, dispone que mediante Orden Foral del Consejero de Economía y Hacienda se establecerá el proceso telemático y administrativo a seguir tanto para la inscripción como para la modificación y explotación del Registro de Licitadores así como las Condiciones Legales de uso del Web Site y del Registro de Licitadores, que los interesados deberán aceptar expresamente para acceder al mismo.

En su virtud, en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 36 de la Ley Foral 23/1983,de 11 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y de conformidad con lo establecido en la Disposición final segunda del Decreto Foral 174/2004, de 19 de abril, por el que se regula el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Se aprueba el proceso telemático y administrativo a seguir para la inscripción, modificación y explotación del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra, que será el que se describe en el Anexo I de la presente Orden Foral.

  2. Se aprueban las Condiciones Legales de uso del Web Site y del Registro Voluntario de Licitadores, que los interesados deberán aceptar expresamente para acceder al mismo,y que serán las que se recogen en el Anexo II de la presente Orden Foral.

  3. La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 20 de mayo de 2004._El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes.

ANEXO I

Descripción técnica de los procesos por internet del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra

  1. _Introducción.

    La implementación técnica del Registro Voluntario de Licitadores consiste en una base de datos y un sitio web que actúa de intermediario entre ella y los distintos tipos de usuarios. La utilización y administración del Registro se realizan accediendo al sitio web mediante un navegador a través de Internet. Dado el carácter sensible de los datos almacenados, todas las transacciones del sitio web del Registro Voluntario de Licitadores serán encriptadas mediante SSL (Secure Sockets Layer), utilizando el protocolo HTTPS (HTTP Seguro).

  2. _Roles del sistema.

    Para acceder al sitio web del Registro Voluntario de Licitadores es necesario iniciar una sesión con una cuenta del sistema mediante un nombre de usuario y una contraseña. Las cuentas están organizadas en roles. El rol determina las zonas a las que puede acceder una cuenta y las funciones que puede realizar. Una cuenta puede pertenecer a uno más roles. Los roles del sistema son:

    2.1. Usuario anónimo.

    Es el rol al que se asocian los accesos sin autenticación. Este rol permite:

    1. Acceder a la zona pública del sitio web.

    2. Solicitar el alta en el Registro Voluntario de Licitadores. Destinado a los futuros licitadores.

    3. Comprobar la autenticidad de un certificado. Destinado a los órganos y Mesas de contratación.

      2.2. Usuario registrado.

      A este rol pertenecen las cuentas de las empresas que se han dado de alta en el Registro Voluntario de Licitadores. Los usuarios autenticados con cuentas de este tipo pueden:

    4. Realizar las todas las funciones del rol de usuario anónimo.

    5. Acceder a la zona de usuarios registrados del sitio web.

    6. Comprobar los datos de la inscripción del propio usuario.

    7. Solicitar al Registro copias electrónicas de los certificados correspondientes a la propia empresa.

      2.3. Lector.

      Las cuentas pertenecientes a este rol corresponden a funcionarios del Servicio de Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda y permiten las siguientes capacidades:

    8. Realizar todas las funciones del rol de usuario anónimo.

    9. Acceder a la zona de administración del sitio web.

    10. Leer los datos de las empresas inscritas en el Registro.

      2.4. Administrador.

      Las cuentas de este rol pertenecen a funcionarios del Servicio de Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda y tienen estas capacidades:

    11. Realizar todas las funciones del rol de lector.

    12. Modificar los datos de las empresas inscritas.

    13. Dar de alta, dar de baja y prorrogar las inscripciones de empresas.

    14. Enviar documentación de las empresas a grabación para su digitalización.

  3. _Organización de los datos.

    Los datos del Registro quedan almacenados en una base de datos. En ella cada licitador registrado tiene asociados:

    1. Un número identificador.

    2. Una cuenta con nombre de usuario y contraseña.

    3. Un conjunto de expedientes.

    Un expediente representa un periodo en el que un licitador se ha mantenido dado de alta en el registro y cuyos datos y documentación no han sido modificados. Cada vez que una inscripción caduca, se modifican datos de la empresa o se aporta nueva documentación, el expediente actual es cerrado y se abre uno nuevo. Cada expediente tiene asociados el certificado y las copias electrónicas del mismo que se expidieron durante el periodo de validez del expediente.

    Todos los expedientes y peticiones de copias electrónicas de certificados, así como los datos y documentos asociados a cada uno de los primeros se almacenan para hacer posible un histórico del registro.

  4. _Proceso de inscripción.

    Una empresa que vaya a ingresar en el Registro debe acceder a la sección pública del sitio web. En ella aparece un enlace a un formulario que debe cumplimentar con datos básicos de la empresa, además de un nombre de usuario y una contraseña deseados para acceder cuando esté dado de alta a la sección de usuarios. Este formulario sirve para solicitar una cita con el Servicio de Patrimonio en la que presentar la documentaciónnecesaria y hacer efectiva el alta en el registro.

    El sistema, al recibir los datos, crea un nuevo registro en la base de datos y con él genera un número que identificará a la empresa en el Registro Voluntario de Licitadores. Inmediatamente avisa al administrador del sistema de la intención del solicitante mediante un mensaje de correo electrónico generado de manera automática. El mensaje contiene un enlace a la sección administrativa del sitio web, a la que pueden acceder sólo los roles de administrador y lector. En esta sección se muestra una ficha con los datos proporcionados por la empresa solicitante. El funcionario, por medios electrónicos, concierta entonces una cita con el representante de la misma, en las oficinas del Servicio dePatrimonio, indicándole la documentación que deberá presentar.

    Durante la cita, un funcionario del Servicio de Patrimonio accede a la ficha de la empresa y comprueba y corrige si es necesario los datos recogidos en el formulario de inscripción. Este proceso sólo puede realizarse si el funcionario accede al sistema mediante una cuenta que pertenezca al rol de administrador. La empresa solicitante, por su parte, presenta los documentos necesarios para el registro.

    Tras la cita, el funcionario envía una copia autenticada de los documentos a grabación para su digitalización e inclusión en la base de datos.

    Una vez la documentación está digitalizada, un funcionario del Servicio de Patrimonio accede mediante una cuenta perteneciente al rol deadministrador a la ficha de la empresa solicitante. En ella está ya incluida la documentación digitalizada. El funcionario la comprueba y la valida. En ese momento el alta de la empresa en el Registro Voluntario de Licitadores se hace efectiva. El sistema envía automáticamente un mensaje avisando de dicha alta a la dirección de correo que proporcionó la empresa en el formulario de solicitud.

  5. _Proceso de solicitud de copia del certificado.

    Un usuario que esté dado de alta en el Registro Voluntario de Licitadores y que no tenga caducada su inscripción, puede solicitar las copias del certificado que desee. Para ello debe acceder a la zona de usuarios registrados y autenticarse con una cuenta perteneciente al rol de usuarios registrados. La cuenta utilizada determina la identidad de la empresa. El usuario accede a un formulario de petición de copia del certificado y lo envía.

    Al recibirlo, el sistema genera una clave de caracteres alfanuméricos...

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