DECRETO FORAL 262/2002, de 23 de diciembre, por el que se declara la existencia de las vías pecuarias y lugares asociados cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el expediente de clasificación de cada uno de los siguientes términos municipales: Tudela, Castejón, Valtierra, Cadreita, Milagro, Funes, Azagra, San Adrián, Peralta, Andosilla, Cárcar, Lodosa, Sesma, Mendavia y Viana.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, establecen que el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda tiene asignadas las competencias para la gestión, mantenimiento y conservación de las vías pecuarias de Navarra.

La clasificación de las Vías Pecuarias de los términos municipales de Tudela, Castejón, Valtierra, Cadreita, Milagro, Funes, Azagra, San Adrián, Peralta, Andosilla, Cárcar, Lodosa, Sesma, Mendavia y Viana, es un trabajo previo necesario para su recuperación y se inscribe en el programa foral de puesta en valor de las Vías Pecuarias de Navarra, con su favorable repercusión para la ordenación territorial y el desarrollo del medio rural.

El proceso administrativo seguido a los efectos de la Clasificación de las Vías Pecuarias de los términos municipales arriba indicados ha sido el siguiente:

_Resolución 0441 de 11 de febrero de 2002, del Director General de Medio Ambiente, por la que se aprueba el inicio del Expediente de Clasificación y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la misma.

_Petición de Nombramiento de Prácticos a los Ayuntamientos de los municipios a clasificar.

_Exposición en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos durante un mes del aviso indicativo de la fecha y hora del inicio de las operaciones.

_Levantamiento de Actas y recorrido de las vías pecuarias.

_Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del inicio del periodo de Exposición Pública y recogida de alegaciones.

_Estudio e informe de las posibles alegaciones y en su caso modificación de las Propuestas.

Una vez finalizado el periodo de exposición pública, no fue presentada ninguna alegación a las Propuestas de Clasificación de los términos municipales de Castejón, Valtierra, Milagro, Funes, Peralta, Lodosa, Sesma, Mendavia y Viana.

Por el contrario, se recogieron alegaciones a las Propuestas de Clasificación de Tudela, Cadreita, Azagra, San Adrián, Andosilla y Cárcar, las cuales fueron debidamente informadas.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, formulada con arreglo a lo que establece la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión...

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