ORDEN FORAL 53/2004, de 13 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Area de Mando y Apoyo de la Policía Foral de Navarra a nivel de brigadas y grupos y se determina el procedimiento para su implantación operativa.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 53/2004, de 13 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Area de Mando y Apoyo de la Policía Foral de Navarra a nivel de brigadas y grupos y se determina el procedimiento para su implantación operativa.

El Texto Refundido de la Ley Foral de Cuerpos de Policía de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 213/2002, de 14 de agosto, en lo que se refiere a la organización interna del Cuerpo de la Policía Foral, se remite alas normas reglamentarias que la desarrollen.

Al amparo de esta remisión legal, el Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, implanta un modelo organizativo que permite responder de forma integral a las necesidades de los ciudadanos en el ámbito territorial de la Comunidad Foral, dentro del marco de competencias que permite el ordenamiento jurídico. Este modelo organizativo estructura la Policía Foral, atendiendo a criterios meramente funcionales y operativos, en cuatro niveles jerarquizados que son: las áreas, divisiones, brigadas y grupos. El propio Decreto Foral estableció la estructura a nivel de áreas y divisiones.

Según dispone el artículo 16 del referido Reglamento de organización y funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, corresponde al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior la creación, modificación o supresión de las brigadas y grupos. De otra parte, en su disposición transitoria prevé que la estructura organizativa prevista para la Policía Foral se irá implantando progresivamente, considerando en cada momento las disponibilidades presupuestarias, así como los medios humanos y materiales con que cuenta la Policía Foral.

La estructura organizativa de la Policía Foral precisa ahora desarrollar el Area de Mando y Apoyo a nivel de brigadas y grupos, con la creación de aquellas unidades orgánicas cuya existencia se considera necesaria para la mejor operatividad en la ejecución de las tareas policiales. Además, procede definir el proceso a seguir para la dotación de las nuevas unidades.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 36 de la Ley Foral del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral

ORDENO:

CAPITULO I Artículos 1 a 8

De la estructura organizativa del área de mando y apoyo

SECCION PRIMERA Artículos 1 a 4.1

División General Técnica

Artículo 1 La División General Técnica se estructura en las siguientes brigadas:

_Brigada de Mando.

_Brigada de Coordinación.

_Brigada de Apoyo.

Artículo 2. 1 Corresponde a la Brigada de Mando la ejecución directa de las tareas policiales siguientes:
  1. Asesoramiento y apoyo a la jefatura de la Policía Foral en temas de comunicación interna.

  2. Estudio, análisis y asesoramiento en comunicación interna y coordinación con la Dirección General de Interior en temas de comunicación externa.

  3. Asesoramiento al Jefe de la Policía Foral sobre la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito policial.

  4. Recopilación y divulgación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales e impulso de la cultura de prevención dentro del Cuerpo proponiendo las acciones necesarias.

  5. Colaboración con el Servicio de Recursos Humanos en el estudio y valoración de los factores de riesgo de los puestos y lugares de trabajo y coordinación con la Sección de Prevención de Riesgos Laborales.

  6. Programación, preparación y control de los reconocimientos médicos policiales

  7. Estudio y valoración de las causas de los accidentes laborales y propuestas de medidas correctoras, así como su tramitación

  8. La gestión de la actividad administrativa del Jefe de la Policía Foral.

  9. Funciones de recepción de documentación en coordinación con el Registro General del Gobierno de Navarra.

  10. Canalización de las relaciones institucionales con otros Cuerpos y Administraciones policiales.

  11. Elaborar la memoria anual de la Policía Foral.

  12. Canalizar las peticiones, consultas y necesidades de tipo jurídico, administrativo y/o técnico gestionadas por órganos de la Dirección General de Interior, así como los requerimientos que tengan como destinatario al Cuerpo de la Policía Foral.

  13. Asesoramiento y control en asuntos relacionados con la seguridad.

  14. Establecer los criterios policiales en lo referente a dotaciones materiales, infraestructuras y sistemas físicos de seguridad.

    ñ) Recepción, inspección y entrega de la correspondencia y, en general, la verificación del servicio de cartería.

  15. Desarrollar los estudios, planes y proyectos que sobre seguridad se le asignen.

  16. Analizar las necesidades de formación de las diferentes unidades del Cuerpo.

  17. La colaboración con la Escuela de Seguridad.

  18. Control de las acciones formativas y del personal que acude a las mismas.

  19. Relaciones con otros Centros de Formación y otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en temas relativos a la formación.

  20. Biblioteca y actividades culturales.

  21. La formación en materia de tiro y la coordinación con las Entidades Locales para la formación de tiro policial.

  22. Revista de armas en colaboración con la División de Régimen Interno.

    1. Para la mejor especialización en...

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