ORDEN FORAL 21/2009 de 11 de febrero, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Marcilla, en el Sector 8, paraje Campobajo, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Ayuntamiento de Marcilla ha presentado ante el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Marcilla, en el Sector 8, paraje Campobajo, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con las siguientes determinaciones:

    -Las establecidas en el Informe número 2008/457538 del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

    -Las establecidas en la Resolución 152/2009, de 20 de enero, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se formula la Declaración de Incidencia Ambiental de este expediente.

    -Las determinaciones urbanísticas relativas a las zonas verdes públicas del sector tienen el carácter de estructurantes.

    -Queda suprimido el vial de conexión con el Camino Viejo de Funes, quedando los terrenos correspondientes calificados como zona verde pública y reserva de infraestructuras.

  2. El Proyecto de Urbanización del Sector, junto con el Estudio de tráfico solicitado en el informe del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones citado en el número anterior, será sometido al visto bueno de este Departamento antes de su aprobación definitiva por el Ayuntamiento.

  3. Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de...

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