ORDEN FORAL 278/2006, de 8 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se adjudican dos concesiones del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia correspondiente a las emisoras de Pamplona (Mhz 98.3 y 105.1).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 278/2006, de 8 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se adjudican dos concesiones del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia correspondiente a las emisoras de Pamplona (Mhz 98.3 y 105.1).

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra dictó la Sentencia número 1140/2005, de 22 de diciembre, en recurso contencioso administrativo número 68/99 interpuesto contra el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 16 de noviembre de 1998, desestimatorio del recurso ordinario interpuesto contra la Orden Foral 2343/1998, de 15 de julio, del Consejero de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones por la que se adjudicaban dos emisoras en Pamplona de radiodifusión sonora.

La mencionada Sentencia ordenó la retroacción del expediente administrativo para que por la Mesa de contratación se formulase la oportuna propuesta valorando de manera completa y detallada las ofertas presentadas, dando la oportuna y concreta puntuación a todos los criterios establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y verificado continúe el procedimiento.

Por Orden Foral 17/2006, de 24 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, se dispuso la ejecución de la citada sentencia y la retroacción del expediente administrativo.

La Mesa de Contratación ha formulado, en fecha 29 de marzo de 2006, la oportuna propuesta de adjudicación de las referidas concesiones, por lo que procede la continuación del procedimiento.

A la vista de las ofertas presentadas a concurso, de los informes contenidos en el expediente, y de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa, este órgano de contratación acepta el resultado propuesto por la Mesa y asume los siguientes criterios de puntuación.

Criterio 1.1. Programación de producción propia (hasta 25 puntos):

_Producción propia superior a dos tercios del total de la programación: 25 puntos.

_Producción propia entre un tercio y dos tercios de la programación: 10 puntos.

_Producción propia inferior: 0 puntos.

Criterio 1.2. Programación informativa, cultural o educativa y, especialmente de carácter local o regional, en cuantía significativa (hasta 10 puntos):

Este criterio se ha estructurado en los siguientes apartados:

_Programación destinada a contenidos específicamente locales o regionales (hasta 5 puntos):

Se valoran las ofertas presentadas en función de la suma de minutos semanales dedicados a la emisión de programas dirigidos especialmente a la población del ámbito de cobertura de la concesión (Pamplona). Para la realización del cálculo de minutos de emisión, se ha considerado cualquier tipología de programas (informativos, culturales, de entretenimiento, divulgativos, deportivos, sociales) de especial interés para los oyentes de ámbito local y sin incluir dentro del cómputo de minutos la repetición de programas.

El licitador que ha demostrado en su propuesta un mayor compromiso a la hora de dedicar más tiempo a la emisión de programas específicamente locales o regionales, lo ha hecho en un 82% de su programación, sin tener en cuenta las repeticiones de dichos programas.

Tomando como referencia este máximo de programación de carácter local, el resto de licitadores han obtenido puntuaciones inferiores de manera proporcional al tiempo que se han comprometido, en sus parrillas, a emitir este tipo de programas.

_Programación destinada a programación informativa, cultural o educativa (hasta 4 puntos):

Se sigue la misma metodología que en el criterio de valoración anterior.

Cabe indicar que para la asignación de los 4 puntos correspondientes al presente criterio de valoración, se ha considerado adecuado hacer una diferenciación expresa de la programación dedicada a programas de interés general (informativos generales, programas culturales y educativos) con un máximo de 3,5 puntos de los programas informativos deportivos, otorgándole un menor peso respecto a los programas generales, concretamente 0,5 puntos, en consonancia con los intereses globales de la sociedad navarra.

El licitador que ha demostrado en su propuesta un mayor compromiso a la hora de dedicar más tiempo a la emisión de programas informativos, culturales y educativos, lo ha hecho en un 65% de su programación, sin tener en cuenta las repeticiones de dichos programas y por este motivo ha obtenido 3,5 puntos. El resto de licitadores han obtenido puntuaciones inferiores de manera proporcional al tiempo que se han comprometido, en sus parrillas, a emitir este tipo de programas.

El licitador que ha demostrado en su propuesta un mayor compromiso a la hora de emitir informativos deportivos, lo ha hecho en un 40%, obteniendo así los 0,5 puntos adicionales. El resto de licitadores han obtenido puntuaciones inferiores de manera proporcional al tiempo que se han comprometido, en sus parrillas, a emitir este tipo de programas.

Detalle descriptivo y variedad y creatividad de la parrilla de programación propuesta (hasta 1 punto):

En este último bloque correspondiente al Criterio 1.2, se ha valorado, de forma cualitativa, la parrilla de programación incluida en la oferta presentada por cada uno de los licitadores.

Para la valoración de este aspecto de la programación se han considerado diferentes aspectos de la parrilla propuesta. Por un lado, se valora el grado de detalle descriptivo que los licitadores han realizado de cada uno de los programas incluidos de forma individualizada, valorando los minutos dedicados a cada una de las secciones que componen un programa, la identificación de éste con una tipología de programa determinada, etc. Por otro lado, se valora la diversidad de tipologías de programas incluidos en la parrilla de programación, valorando de forma más positiva aquellas ofertas que incluyeran una gran variedad de programas, y de forma menos positiva aquellas ofertas que la mayor parte de su tiempo de emisión de dedicara a una única tipología de programas. Y finalmente, se valora la inclusión de programas pensados especialmente para el público objetivo existente dentro del ámbito geográfico de cobertura previsto.

En base a dichos criterios, se ha otorgado 1 punto a un primer grupo de licitadores por presentar una parrilla de programación variada, incluyendo una breve descripción de cada programa.

En un segundo nivel, se otorgan 0,5 puntos a las ofertas que, a pesar de haber detallado una parrilla de programación variada, no lo han hecho con la misma diversidad de programas que el grupo anterior.

Por último, se valoran con 0 puntos las ofertas que no incluyen una parrilla de programación detallada, que incluya una diferenciación de los programas a emitir.

Criterio 1.3. Horario superior al mínimo establecido en cuantía significativa (hasta 5 puntos):

El horario superior al mínimo establecido (12 horas diarias) ha sido aportado por todos los licitadores.

Criterio 2.1. El fomento de valores culturales, históricos y sociales de la Comunidad Foral de Navarra que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR