ORDEN FORAL 172/2000, de 19 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban modelos de declaraciones, en pesetas y en euros, y se establecen normas de gestión correspondientes a los Impuestos Especiales y al Impuesto sobre las Primas de Seguros.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 172/2000, de 19 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban modelos de declaraciones, en pesetas y en euros, y se establecen normas de gestión correspondientes a los Impuestos Especiales y al Impuesto sobre las Primas de Seguros.

El artículo 18.3 de la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales, preceptúa que el Departamento de Economía y Hacienda establecerá el lugar, forma, plazos e impresos en que los sujetos pasivos deberán determinar e ingresar la deuda tributaria exigible por los referidos Impuestos.

Con base en lo anterior, el Consejero de Economía y Hacienda dictó diversas Ordenes Forales aprobando modelos y normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales y con el Impuesto sobre las Primas de Seguros.

La experiencia aconseja, con la finalidad de facilitar el cumplimiento por los sujetos pasivos de sus obligaciones tributarias, agrupar los modelos y las normas respecto al lugar, forma y plazos de ingreso de la deuda tributaria.

En consecuencia,

ORDENO:

Primero.-Aprobación de los modelos correspondientes a los Impuestos Especiales.

Uno. Impuestos Especiales de Fabricación.

  1. Se aprueban los siguientes modelos correspondientes a los Impuestos Especiales de Fabricación, que figuran en los anexos de la presente Orden Foral que a continuación se indican, con la siguiente denominación y contenido:

    -Modelo 500 "Documento administrativo de acompañamiento" (anexo I). Este modelo consta de cuatro ejemplares: "Ejemplar a conservar por el expedidor", "Ejemplar a conservar por el destinatario", "Ejemplar a devolver al expedidor" y "Ejemplar para el país de destino".

    -Modelo 503 "Documento administrativo simplificado de acompañamiento. Circulación intracomunitaria de productos con impuesto soportado" (anexo II). Este modelo consta de tres ejemplares: "Ejemplar para el proveedor", "Ejemplar para el destinatario" y "Ejemplar a devolver al proveedor".

    -Modelos 504, en pesetas y en euros, "Solicitud de autorización de recepción de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación del resto de la Unión Europea" (anexos III y IV). Estos modelos constan de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

    -Modelos 505, en pesetas y en euros, "Autorización de recepción de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación del resto de la Unión Europea" (anexos V y VI). Estos modelos constan de tres ejemplares: "Ejemplar para la Administración", "Ejemplar para el interesado" y "Ejemplar para el proveedor".

    -Modelos 510, en pesetas y en euros, "Declaración de operaciones de recepción del resto de la Unión Europea" (anexos VII y VIII). Estos modelos constan de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

    -Modelo 511 "Relación mensual de notas de entrega de productos con el impuesto devengado a tipo reducido, expedidos por el procedimiento de ventas en ruta" (anexo IX). Este modelo consta de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

    -Modelo 517 "Petición de marcas fiscales a la oficina gestora de Impuestos Especiales" (anexo X). Este modelo consta de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

    -Modelos 551, en pesetas y en euros, "Relación semanal de documentos de acompañamiento expedidos" (anexos XI y XII). Estos modelos constan de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

    -Modelos 552, en pesetas y en euros, "Relación semanal de documentos de acompañamiento recibidos en tráfico intracomunitario" (anexos XIII y XIV). Estos modelos constan de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

  2. Se aprueban los siguientes modelos y las correspondientes cartas de pago de los Impuestos Especiales sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas, que figuran en los anexos de la presente Orden Foral que a continuación se indican, con la siguiente denominación y contenido:

    1. Del Impuesto sobre la Cerveza:

      -Modelo 558 "Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza" (anexo XV). Este modelo consta de dos ejemplares "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

      -Modelos 561, en pesetas y en euros, "Declaración-liquidación" (anexos XVI y XVII) y modelos 954 y 955 de cartas de pago en pesetas, trimestral y mensual, respectivamente, derivadas de dicha declaración-liquidación (anexo XVIII), que constan de dos ejemplares: "Ejemplar para el interesado" y "Ejemplar para la entidad colaboradora". Los modelos 561 constan, asimismo, de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

    2. Del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas:

      -Modelo 553 "Resumen trimestral de movimientos en fábricas y depósitos fiscales" (anexo XIX), que consta de dos ejemplares: "Ejemplar para la Administración" y "Ejemplar para el interesado".

    3. Del Impuesto sobre Productos Intermedios:

      -Modelo 555 "Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales" (anexo XX). Este modelo consta de dos ejemplares: "Ejemplar para la oficina gestora" y "Ejemplar para el sujeto pasivo".

      -Modelos 562, en...

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