DECRETO FORAL 152/1999, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 152/1999, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda.

El artículo 46 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que la modificación de la estructura de los Departamentos deberá ser aprobada por el Gobierno mediante Decreto Foral.

El Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, estableció la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda, que ha sido objeto de diversas modificaciones posteriores de carácter parcial, la última de las cuales tuvo lugar por Decreto Foral 134/1999, de 3 de mayo, motivada por la necesidad de adecuar las unidades orgánicas de la intervención general a la nueva regulación del control económico-financiero establecida por los Decretos Forales 132/1999 y 133/1999, de 3 de mayo.

En el momento actual se advierte la necesidad de que el Departamento acometa las siguientes tareas:

-La mejora de la atención al contribuyente mediante el diseño e implantación de una unidad organizativa que centralice la mayoría de los trámites administrativos que los ciudadanos plantean a la Hacienda de Navarra y que resuelva dichas cuestiones con calidad, celeridad y eficacia, y sin menoscabo de la seguridad jurídica y de las garantías formales que deben informar toda actuación administrativa.

-El logro en el Servicio de Riqueza Territorial de una mayor eficacia y racionalidad en la realización de las funciones que le fueron encomendadas, contemplando, asimismo, las actuaciones establecidas en el manual de Calidad Total recientemente implantado en el citado Servicio y adaptando el mismo a los dos importantes campos que abarca: el mantenimiento, actualización y explotación del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial y la tasación de bienes inmuebles.

Para la consecución de tales objetivos se hace necesario, en primer lugar, la creación del Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente, que contará con dos Secciones adscritas al mismo, y, en segundo lugar, el desarrollo de la estructura orgánica del Servicio de Riqueza Territorial hasta el nivel orgánico de Sección, al mismo tiempo que se efectúan las adaptaciones exigidas por las necesidades surgidas desde su anterior regulación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diez de mayo de mil novecientos noventa y nueve,

DECRETO:

Artículo 1 º Los artículos del Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, por el que se establece la estructura órganica del Departamento de Economía y Hacienda, que se relacionan a continuación, quedarán redactados con el siguiente contenido:

Uno.-Artículo 1.º

"Artículo 1.º 1. El Departamento de Economía y Hacienda, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes Servicios:

-Economía.

-Intervención General.

-Patrimonio.

-Presupuestos y Tesorería.

-Acción Exterior.

-Gestión de...

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