DECRETO FORAL 244/2000, de 3 de julio, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 244/2000, de 3 de julio, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Por Decreto 344/1999 de 13 de septiembre, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

A lo largo de estos años se han producido una serie de circunstancias externas e internas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que obligan, por un parte, a realizar ligeros cambios organizativos en la Dirección General de Organización y Sistemas de Información mediante una reordenación de las funciones existentes para adecuar su nivel de servicio a la demanda que le realizan los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración y, por otra, a adecuar la estructura a las condiciones externas derivadas del avance de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, de las soluciones que ofrece el mercado y de la incorporación de determinadas herramientas habituales entre los ciudadanos en sus relaciones con la Administración.

Por razones de técnica, de sistemática y de eficacia se ha optado por dar una nueva redacción al capítulo IV del Decreto Foral 344/1999, de 13 de septiembre, a fin de evitar la dispersión normativa.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día, tres de julio de dos mil,

DECRETO:

Artículo Unico Se da nueva redacción al capítulo IV del Decreto Foral 344/1999, de 13 de septiembre, que en lo sucesivo será como sigue:
CAPITULO IV Artículos 35 a 58

Dirección General de Organización y Sistemas de Información

SECCION PRIMERA Artículo 35

Funciones

Artículo 35 La Dirección General de Organización y Sistemas de Información ejercerá las siguientes funciones:

-La superior dirección y coordinación de las materias correspondientes a la modernización y cambio de la Administración, así como la implantación de la calidad de los servicios administrativos prestados por la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos.

-La superior dirección, coordinación y control de la ejecución de las políticas de sistemas y tecnologías de la información y de organización administrativa, estableciendo las directrices con arreglo a las cuales ejercerán sus competencias en estas materias los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos, así como la vigilancia del cumplimiento de las normas de general aplicación en materia de activos informáticos por dichos órganos.

-La difusión de las tecnologías de la información y la promoción de su uso en la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos, estableciendo las directrices para obtener la máxima eficiencia y eficacia de sus activos informáticos en relación con los productos o servicios que en cada momento preste la Administración.

-La planificación, establecimiento, impulsión y coordinación de todas aquellas actuaciones que puedan facilitar la incorporación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Organismos Autónomos a los nuevos servicios informáticos.

-La jefatura superior de los Servicios que la integran.

-La impulsión y coordinación de la actividad de dichos Servicios.

-Las delegadas por el Consejero.

-Cualquier otra facultad, prerrogativa o función en materias de Organización, Calidad y Sistemas y tecnología de la información y las demás que le asignan las disposiciones vigentes.

SECCION SEGUNDA Artículos 36 a 39.bis

Servicio de Organización y Planificación de la Información

Artículo 36 El Servicio de Organización y Planificación de la Información ejercerá las siguientes funciones:

-La determinación, promoción e implantación, en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos de proyectos dirigidos a: la introducción de mejores sistemas de organización, la simplificación de procedimientos, y en definitiva, la modernización de la Administración.

-La promoción, a través de actuaciones de consultoría, de procesos de cambio hacia nuevas formas de gestión pública basadas en el establecimiento de objetivos.

-La planificación, promoción, implantación, seguimiento y control de programas tendentes a facilitar la accesibilidad de los ciudadanos a la Administración, y en especial a la oferta de productos y servicios públicos y a los expedientes administrativos que les afecten.

-La planificación, difusión, establecimiento, supervisión, coordinación y control de las políticas de organización y de la calidad de los servicios así como las políticas de sistemas de información y de los medios y actividades de tratamiento de la información en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.

-La auditoría interna de la correcta asignación de recursos, y en especial en asuntos relativos a contratación de personal temporal, Oferta Pública de Empleo, dimensionamiento de plantillas, estructura orgánica y evaluación integral de las unidades administrativas.

-El establecimiento de una alta inspección de las unidades orgánicas en cuanto al cumplimiento de sus funciones.

-La promoción a través de actuaciones de consultoría de medición de resultados y delimitación de responsabilidades.

-La planificación de aplicaciones informáticas y proyectos especiales.

-El establecimiento, promoción y seguimiento de los programas de calidad de los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

-La definición de actuaciones con los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración así como con agentes externos para impulsar la introducción de nuevos servicios informáticos en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.

Artículo 37 El Servicio de Organización y Planificación de la Información se estructura en las siguientes Secciones:

-Sección de Organización y Calidad.

-Sección de Planificación de la Información y Proyectos.

-Sección de Atención al Ciudadano y Gestión del Conocimiento.

Artículo 38 La Sección de Organización y Calidad ejercerá las siguientes funciones:

-La elaboración del Plan General de Modernización de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.

-La elaboración de directrices, informes y mantenimiento de un sistema de información sobre la estructura orgánica y funciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos Autónomos.

-La promoción, propuesta e impulsión de proyectos concretos de estructura orgánica y funcional de las unidades de la Administración.

-Capacitación a los Departamentos y Organismos Autónomos para el cambio de sus procesos y la mejora de la gestión y los servicios.

-Evaluación de herramientas y sistemas de aseguramiento de la Calidad a aplicar en las distintas unidades de la Administración.

-Evaluación de áreas y unidades de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos en cuanto a su nivel de Calidad según estándares internacionales.

-Seguimiento y coordinación de proyectos de acreditación de Calidad según estándares internacionales.

-Impulso, coordinación y/o realización de proyectos de mejora de la Calidad en el servicio público y en la gestión pública.

-Coordinación, impulso y evaluación de la satisfacción de la ciudadanía y receptores del servicio.

-Coordinación y supervisión de contenidos y definición de la estructura de la Intranet de la Administración de...

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