ORDEN FORAL 290/2010, de 9 de septiembre, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, por la que se modifican los precios por prestación de servicios de control metrológico.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, del Consejero de Industria, Comercio y Trabajo, se estableció la ordenación del Control Metrológico del Estado en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. En esa orden se designaba a CETENASA, ahora Navarra de Verificaciones Legales S.A.U, (NAVELSA), Laboratorio oficial para ejecutar las fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.

En el Anexo II de la citada orden se indicaban las cantidades a percibir por NAVELSA por los servicios que prestase en materia de control metrológico, cantidades que fueron modificadas por sucesivas órdenes forales, siendo la última, la 298/2009, de 25 de junio, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo. En la actualidad, es necesario proceder al ajuste de los precios establecidos en la Orden Foral 298/2009 de 25 de junio, ya que, en el tiempo transcurrido, han sufrido variaciones los costes reales de los ensayos y gestiones efectuados por NAVELSA, en materia de control metrológico.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar los precios exigibles por Navarra de Verificaciones Legales S.A.U. por la prestación de los servicios de control metrológico encomendados por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, que quedarán establecidos según la clasificación y cuantías siguientes:

    1. -Precios exigibles por la empresa NAVELSA por los servicios de verificación periódica o verificación después de reparación o modificación.

      1. Manómetros de uso público para neumáticos de automóviles, ya sean manuales o electrónicos: 25,43 euros.

      2. Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

        b.1) Hasta 50 kilogramos de alcance máximo: 42,22 euros.

        b.2) Desde 51 kilogramos hasta 150 kilogramos: 64,55euros.

        b.3) Desde 151 kilogramos hasta 500 kilogramos: 122,68 euros.

        b.4) Desde 501 kilogramos hasta 3.500 kilogramos: 208,19 euros..

        b.5) Desde 3.501 kilogramos hasta 20.000 kilogramos: 597,31 euros.

        b.6) Desde 20.001 kilogramos hasta 44.000 kilogramos: 855,05 euros.

        b.7) Desde 44.001 kilogramos hasta 60.000 kilogramos: 1075,64 euros.

        b.8) De más de 60.000 kilogramos el precio de la verificación será el resultante de la aplicación de la siguiente fórmula: T = H+D+d+A, en donde:

        T: Precio resultante.

        H: Número de horas invertidas en la verificación x 46,57 euros/h.

        D: Gastos de...

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