ORDEN FORAL 239/2013, de 3 de julio, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local por la que se aprueba la nueva red de Oficinas de Área pertenecientes al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Comisión de Agricultura, Ganadería y Montes del Parlamento de Navarra, en sesión celebrada el día 12 de noviembre de 1998, aprobó el Plan de Atención Comarcal a los Agricultores y Ganaderos de Navarra, con la incorporación de seis propuestas de resolución.

La propuesta de resolución número 4 establecía que el Gobierno de Navarra elaboraría, una vez aprobado el Plan, un calendario que atendiera a las necesidades reales de otros municipios principales limítrofes o próximos a la nueva estructura creada en el Plan de Atención Comarcal a los Agricultores y Ganaderos de Navarra.

Con el fin de dar cumplimiento a esta Propuesta de Resolución, mediante Orden Foral de 7 de diciembre de 1998, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se procedió a aprobar el calendario de días de atención a los agricultores y ganaderos de Navarra en las nuevas Oficinas de Área del Departamento, que, una vez reorganizadas conforme al Plan aprobado, sustituían a las extinguidas Cámaras Agrarias Locales.

La red de Oficinas de Área presta a los agricultores y ganaderos de Navarra servicios de carácter administrativo y técnico.

Estos servicios están siendo prestados en la actualidad a través de una red de 46 oficinas ubicadas en diferentes localidades.

Desde la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración se valoró la necesidad de reorganizar la red de Oficinas de Área, dado que procedía adaptar dichas oficinas a la situación actual, por lo que en el mes de febrero de 2012 se procedió a iniciar el Proyecto de modernización de la red de Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Una vez finalizado dicho proyecto, se ha procedido a establecer la nueva red de oficinas conforme a la distribución y horarios que se indican en el Anexo I de esta Orden Foral, a partir del próximo 1 de julio de 2013.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar la nueva red de Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local que se indica en el Anexo I de esta Orden Foral, con fecha de efectos 1 de julio de 2013.

  2. Trasladar esta Orden Foral a la Secretaría General Técnica, al Servicio de Ganadería y al Servicio de Agricultura, a los efectos oportunos.

  3. La presente...

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