ORDEN FORAL 65/2000, de 11 de mayo, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se establece el procedimiento para la obtención del carné profesional de operador de grúas torre.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 65/2000, de 11 de mayo, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se establece el procedimiento para la obtención del carné profesional de operador de grúas torre.

La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, en su artículo 56, determina las competencias de Navarra en materia de Seguridad Industrial.

El Real Decreto 1774/1985, de 1 de agosto, transfiere a la Comunidad Foral, entre otras, la ejecución de la legislación del Estado en materia de Seguridad Industrial.

Dentro del marco de esas competencias, se encuentra el velar por la seguridad de las personas y bienes relacionados con el uso de las grúas torre desmontables para obras, instalaciones que están reguladas por el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 5 de noviembre e Instrucción Técnica Complementaria, MIE AEM2 de dicho Reglamento.

La seguridad de dichas grúas depende tanto de sus condiciones de instalación y mantenimiento como del buen uso de las mismas. Por ello, se considera conveniente establecer sistemas de capacitación para las personas que manejen las grúas.

En su virtud,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden Foral tiene por objeto establecer el procedimiento para la obtención del carné de operador de grúas torre en la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 2 Campo de aplicación.

La posesión de carné de operador de grúas torre otorgará al titular del mismo el reconocimiento para el manejo de los aparatos incluidos en el campo de aplicación de la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM2 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención. (Real Decreto 2291/1985).

Artículo 3 Requisitos para la obtención del carné.

La obtención de carné de operador de grúas torre exigirá la concurrencia de los siguientes requisitos:

  1. Edad mínima de 18 años.

  2. Superación de un curso impartido por una entidad reconocida a tal fin por la Comunidad Foral de Navarra.

  3. Superación de un examen realizado por el Servicio competente de la Dirección General de...

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