ORDEN FORAL 78/2011, de 18 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
La Dirección General de Inspección y Servicios propone modificar la estructura de Negociados del Servicio de Obras y Mantenimiento, con el objeto de mejorar el seguimiento administrativo y económico de los expedientes del citado Servicio, concretándose la misma en una redefinición de las funciones del Negociado hasta ahora denominado de Construcciones, un cambio de su adscripción y de su denominación.
En su virtud, y en aplicación del artículo 24. 4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
-
Se modifica el inciso inicial del Ordeno 11.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:
11.º El Servicio de Obras y Mantenimiento se estructura en los siguientes Negociados:
-Negociado de Contratación.
-Negociado de Gestión Administrativa y Económica.
-Negociado de Adquisiciones.
-Negociado de Mantenimiento.
-
Se modifica el apartado 1 del Ordeno 11.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:
Los Negociados de Contratación y de Gestión Administrativa y Económica se adscriben directamente al Servicio de Obras y Mantenimiento.
Los Negociados de Mantenimiento y de Adquisiciones se adscriben a la Sección de Mantenimiento de Centros y Dependencias del Departamento de Educación.
-
Se modifica el apartado 3 del Ordeno 11.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:
El Negociado de Gestión Administrativa y Económica ejercerá, aplicando los criterios establecidos por el Servicio de Obras y Mantenimiento en las materias competencia del Servicio, las siguientes funciones:
-Control de toda la documentación dirigida al Servicio de Obras y Mantenimiento.
-Tramitación de los expedientes administrativos que sean competencia del Servicio de Obras y Mantenimiento.
-Control, seguimiento y traslado de las Resoluciones dictadas por la Dirección General de Inspección y Servicios a propuesta del Servicio de Obras y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba