ORDEN FORAL 10/2020, de 29 de marzo, de la Consejera de Salud, por la que se autoriza la habilitación para uso sanitario de los hoteles “Bed4you” y “Maisonnave”, ubicados en Pamplona.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 69 - 1 de abril de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 10/2020, de 29 de marzo, de la Consejera de Salud, por la que se autoriza la habilitación para uso sanitario de los hoteles “Bed4you” y “Maisonnave”, ubicados en Pamplona. La Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, recoge en sus artículos noveno y décimo la posibilidad de que las autoridades sanitarias autonómicas habiliten espacios públicos o privados para uso sanitario, así como de que puedan adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de personas, bienes y lugares.

Asimismo, la citada orden dispone en su artículo duodécimo que corresponde a las autoridades sanitarias competentes de cada comunidad autónoma dictarlas resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, en la esfera específica de su actuación, sean necesarias para garantizar la eficacia de lo dispuesto en ella.

Mediante Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, se declaró la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico, de acuerdo con el artículo 10.6 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, prorrogado por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo.

Asimismo, la Instrucción de 23 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 dispone que esta suspensión en ningún caso impide que las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas, en virtud de lo dispuesto en el apartado noveno de la citada Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, puedan habilitar espacios para uso sanitario en los locales comprendidos en el ámbito de aplicación de la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, incluidos los Paradores de Turismo de España, que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria.

El Departamento de Salud para atender las necesidades derivadas de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud necesita reforzar el sistema sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea poder atender adecuadamente a los pacientes positivos en COVID-19.

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