ORDEN FORAL 116/2019, de 14 de marzo, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se aprueba el proyecto de intervención global para las siguientes comunidades de propietarios: calle Grupo Oscoz, números 4, 5, 6, 7 y 8, y avenida Marcelo Celayeta, números 20, 22 y 24, sitas en el barrio de Rochapea (Pamplona).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La sección 4.ª del Capítulo VI del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda en Navarra, regula los proyectos de intervención global en materia de regeneración de conjuntos residenciales.

Dichos proyectos tienen como propósito proceder a la rehabilitación de varios portales, manzanas o zonas de la ciudad consolidada, de manera coordinada y previamente programada, trascendiendo de este modo el ámbito de un simple portal. Se busca con ello conseguir economías de escala, tanto desde el punto de vista económico (posibilidad de licitación conjunta, menores gastos de gestión) como administrativo (posibilidad de presentar un expediente conjunto, agilidad en la tramitación), a la vez que poder ofrecer soluciones constructivas y arquitectónicas más homogéneas (en su tratamiento, calidades o acabados) a manzanas o zonas que guardan una relación estrecha en el entramado urbano.

Conforme con lo anterior, se ha solicitado la aprobación de un proyecto de intervención global para 63 viviendas, repartidas en 8 portales, sitos en Pamplona, conformado por:

–Calle Grupo Oscoz, números 4, 5, 6, 7 y 8.

–Avenida Marcelo Celayeta, números 20, 22 y 24.

Son edificios de viviendas construidas en la segunda mitad de la década de los años 50, de construcción similar (sin aislamiento térmico), de planta baja más cuatro alturas, estando previsto el derribo por parte del Ayuntamiento del edificio más antiguo (Grupo Oscoz, número 1) de modo que se cree una plaza interior, mejorando el entorno urbano. Las actuaciones de derribo y nueva urbanización serán promovidas por el Ayuntamiento de Pamplona.

La normativa urbanística aplicable es el Plan Municipal de Pamplona/Iruña. Del cual se deduce que la parcela se encuentra englobada dentro de la Unidad Integrada III, Rochapea, Grupo Oscoz, ZO1. Destacar que mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 16 de septiembre de 2011, se declaró zona vulnerable a este ámbito.

Obran en el expediente informes del Servicio de Vivienda y el Ayuntamiento de Pamplona, acreditando que revisado el expediente el mismo se estima correcto: se considera cumplido el requisito de participación ciudadana y el requisito de participación del Ayuntamiento de Pamplona, y la solución técnica aportada es susceptible de obtener la calificación provisional como actuación protegible en materia de rehabilitación.

El artículo 83.3 del citado Decreto Foral 61/2013, de...

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