ORDEN FORAL 124/2015, de 29 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 59/2013, de 15 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Noviembre de 2015
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Orden Foral 59/2013, de 15 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, modificada por Orden Foral 44/2014, de 21 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, establece la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Mediante Decreto Foral 59/2015, de 12 de agosto, se establece la estructura básica del departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente, y Administración Local.

Mediante Decreto Foral 137/2015, de 28 de agosto, se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Mediante Decreto Foral 243/2015, de 14 de octubre, se modifica parcialmente la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

El mencionado Decreto Foral 243/2015, de 14 de octubre, pone en marcha la renovación de la Dirección General de Administración Local planteando una nueva estructura de Servicios y Secciones, por lo que se hace preciso finalizar el proceso de cambio con el establecimiento de nuevos negociados y la eliminación o sustitución de los anteriores.

El artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, reguladora de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, atribuye a los Consejeros la competencia para llevar a cabo la creación, modificación y supresión de los negociados de su respectivo Departamento.

De conformidad con el artículo 59 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Modificar el artículo 4, al que se da la siguiente redacción:

    Artículo 4. Dirección General de Administración Local.

    En la Dirección General de Administración Local se establecen los siguientes negociados:

    Adscritos a la Sección de Planificación, Estudio y Asesoramiento de Obras e Infraestructuras Locales: El Negociado de Planificación y Estudios Técnicos y el Negociado de Infraestructuras Locales.

    Adscrito a la Sección de Gestión y Asesoramiento Local: El Negociado de Asesoramiento.

    Adscrito a la Sección de Ordenación de la Administración Local: El Negociado de Gestión Jurídica.

  2. Modificar el artículo 5 bis, al que se añade la siguiente redacción:

    Se suprimen el Negociado de Infraestructuras Hidráulico-Sanitarias, el Negociado de Obras Urbanas, el Negociado de Estudios y Proyectos y el Negociado...

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