ORDEN FORAL 125/2020, de 18 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se amplía el plazo para la resolución del concurso de tres licencias de servicios de comunicación audiovisual sonora para radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Foral de Navarra, dos de ellas en la localidad de Auritz/Burguete y la tercera en Pamplona/Iruña.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 277 - 26 de noviembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.7. Otros ORDEN FORAL 125/2020, de 18 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se amplía el plazo para la resolución del concurso de tres licencias de servicios de comunicación audiovisual sonora para radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Foral de Navarra, dos de ellas en la localidad de Auritz/Burguete y la tercera en Pamplona/Iruña. Por Orden Foral 282E/2019, de 26 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, (publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 6, de 10 de enero de 2020) se aprobó la convocatoria del concurso de tres licencias de servicios de comunicación audiovisual sonora para radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Foral de Navarra, dos de ellas en la localidad de Auritz/Burguete y la tercera en Pamplona/Iruña. Advertido un error en las bases reguladoras, la convocatoria fue corregida mediante Orden Foral 20E/2020, de 7 de febrero, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.

El artículo 18 del Decreto Foral 5/2012, de 25 de enero, sobre Servicios de Comunicación Audiovisual en la Comunidad Foral de Navarra, establece que “el concurso deberá ser resuelto en el plazo máximo de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes”. Esta previsión también viene recogida en las bases reguladoras del concurso. El plazo máximo de resolución de concurso finalizaba el 10 de septiembre de 2020.

No obstante, por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableciendo, entre otras medidas, la suspensión de los plazos administrativos durante la vigencia del mismo, medida en vigor desde su publicación el 14 de marzo de 2020.

Dicha disposición queda derogada con efecto de 1 de junio de 2020 mediante el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo. Por ello, el plazo de máximo para resolver finaliza el 1 de diciembre de 2020.

El artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite excepcionalmente, de manera motivada, la...

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