ORDEN FORAL 135/2017, de 13 de noviembre, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se aprueba la convocatoria para determinar la participación de las asociaciones de profesionales de trabajadores autónomos en el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Decreto Foral 9/2013, de 30 de enero, se crea el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo y se regulan su composición, organización y funcionamiento.

El artículo 5 de dicho Decreto Foral establece las condiciones y el procedimiento para determinar la participación de las asociaciones de profesionales de trabajadores autónomos en dicho Consejo, disponiendo la realización cada cuatro años de una convocatoria por Orden Foral del Consejero competente en materia de trabajo, en la que podrán participar las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos con ámbito de actuación territorial en la Comunidad Foral de Navarra y de carácter intersectorial.

De este modo, para poder participar en el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo las asociaciones interesadas deben manifestarlo de forma expresa a través de su participación en la citada convocatoria.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 16 de octubre de 2013, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 205, de 23 de octubre de 2013, se procede a nombrar a los miembros del Consejo Navarro del Trabajo Autónomo. Su mandato dura cuatro años desde la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de posteriores renovaciones, con lo que, acorde con el artículo 4 de Decreto Foral 9/2013, de 30 de enero, los mandatos están próximos a culminar.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria para determinar la participación de las asociaciones de profesionales de trabajadores autónomos en el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo.

  2. Aprobar las bases de la convocatoria que figuran como anexo de esta Orden Foral.

  3. Publicar esta Orden Foral y sus bases en el Boletín Oficial de Navarra advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 13 de noviembre de 2017.–El Consejero de Desarrollo Económico, Manuel Ayerdi Olaizola.

ANEXO

Bases de la convocatoria para determinar la participación de asociaciones de profesionales de trabajadores autónomos en el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo

Base 1.ª Requisitos de admisibilidad:

  1. Podrán participar en esta convocatoria pública las Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de...

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