ORDEN FORAL 139/2017, de 22 de diciembre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se actualizan los miembros que componen la Comisión de Protección Civil de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, establecía en su artículo 18 la existencia de una Comisión de Protección Civil en cada Comunidad Autónoma compuesta de representantes de la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma y de las Corporaciones Locales. Asimismo disponía que los reglamentos de organización y funcionamiento de las citadas comisiones serían aprobados por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma respectiva.

Al amparo de la previsión establecida en este artículo 18, por Decreto Foral 131/1994, de 4 de julio, se creó y reguló la Comisión de Protección Civil de Navarra.

Posteriormente, la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra, que desarrolló las competencias de la Comunidad Foral en dichas materias, en su artículo 29, recogió la Comisión de Protección Civil de Navarra, integrándola en el ordenamiento propiamente navarro, definiendo su naturaleza como órgano de coordinación y colaboración de las Administraciones Públicas y, finalmente, estableciendo las funciones que le correspondían ejercer. En cuanto a la composición, organización y funcionamiento de dicha Comisión, la referida Ley Foral lo deriva a un posterior desarrollo reglamentario, si bien establece que deberán estar representadas la Administración General del Estado, la Administración de la Comunidad Foral y las Entidades Locales de Navarra.

En cumplimiento de la citada obligación legal se tramitó y aprobó el Decreto Foral 14/2008, de 10 de marzo, por el que se regula la Comisión de Protección Civil de Navarra, quedando derogado el Decreto Foral 131/1994.

El artículo 4 del Decreto Foral 14/2008, dispone que la Comisión de Protección Civil de Navarra estará compuesta por el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, que ejercerá la presidencia de la Comisión y por el Director General de Interior quien ejercerá la vicepresidencia de la Comisión, así como por los vocales que se determinan en representación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de las Entidades Locales y de la Administración del Estado.

En representación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra compondrá la Comisión un vocal representante por cada uno de los Departamentos de Administración Local; Desarrollo Rural y Medio Ambiente; Vivienda y Ordenación del Territorio; Salud; Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones; Innovación, Empresa y Empleo...

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