ORDEN FORAL 160/2017, de 6 de abril, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención a los propietarios de viviendas que cedan las mismas a Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (NASUVINSA) para el programa de vivienda “Bolsa de alquiler”, así como las bases reguladoras de dicha subvención.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El derecho de todos los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada aparece reconocido en el artículo 47 de la Constitución que, a su vez, atribuye a los poderes públicos la misión de hacerlo efectivo.

La Comunidad Foral de Navarra es titular de la competencia sobre vivienda, tal como establece el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y adopta las medidas oportunas para garantizar el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna, lo cual procura mediante la aplicación de la vigente Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del derecho a la vivienda en Navarra.

Dicha Ley, en su artículo 13, contempla el programa de la Bolsa de Alquiler, consistente en la cesión de viviendas vacías por parte de sus propietarios a NASUVINSA para su posterior arrendamiento a precios asequibles.

Ante la constatación de que la oferta de vivienda protegida no puede satisfacer plenamente la demanda, es la intención de esta iniciativa primar o fomentar el ofrecimiento de viviendas a la Bolsa de Alquiler. Y así, constituye el objeto de la presente Orden Foral aprobar la convocatoria y las bases reguladoras que regirán la concesión de ayudas económicas directas, de pago único, a aquellos titulares de viviendas sin ocupar que las cedan para la Bolsa de Alquiler, y su efectivo arrendamiento a personas y familias necesitadas de un arrendamiento asequible.

La concesión de las ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, ya que los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés social, así como la legalidad de las bases reguladoras, y el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 5 de abril de 2017, que autoriza la tramitación de estas ayudas mediante el régimen de evaluación individualizada.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de la subvención a los propietarios de viviendas que cedan las mismas a Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (NASUVINSA) para el programa de vivienda “Bolsa de alquiler”, así como las bases reguladoras de dicha subvención, cuyo texto se adjunta en el Anexo I de esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 260.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 900007-91200-4809-261402 “Subvenciones a propietarios de viviendas adscritas a la Bolsa de Alquiler”.

  3. Publicar esta Orden Foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Trasladar la presente Orden Foral a la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria, al Servicio de Vivienda, y a la Intervención Delegada de Hacienda y Política Financiera en el Departamento, a los efectos oportunos.

  5. Contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de abril de 2017.–El Consejero de Derechos Sociales, Miguel Laparra Navarro.

ANEXO I

Bases reguladoras de la concesión de subvención a titulares de vivienda que la cedan a la bolsa de alquiler

Primera.–Objeto y finalidad de utilidad pública.

Es objeto de las presentes Bases la regulación de la concesión de subvenciones para la captación de viviendas de propietarios particulares a efectos de adscribirse a la Bolsa de Alquiler, conforme a lo establecido en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Foral 10/2010, del derecho a la vivienda en Navarra.

Existe una demanda muy importante y creciente de vivienda en arrendamiento a precios asequibles, en un momento en que la captación de vivienda vacía a través de la Bolsa de Alquiler no está logrando los objetivos buscados y además el precio del alquiler en Navarra está experimentando una subida notable.

Satisfacer esa necesidad es hoy por hoy la principal tarea de la política de vivienda del Gobierno de Navarra. Por esa razón, se han establecido una serie de medidas para...

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