ORDEN FORAL 319E/2018, de 10 de agosto, del Consejero de Salud, por la que se crea la Sección de Diabetes.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
El Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, señala en su artículo 2 que la estructura asistencial de dicho Organismo Autónomo se establecerá mediante las disposiciones reglamentarias del rango que corresponda.
A su vez, el artículo 19.2 del referido Decreto Foral establece que los Servicios asistenciales y demás unidades orgánicas inferiores se establecerán por Orden Foral de la persona titular del Departamento de Salud, a propuesta de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Por Orden Foral 111/2014, de 29 de octubre, de la Consejera de Salud, se crea el Servicio de Endocrinología y Nutrición del Complejo Hospitalario de Navarra.
La Dirección del Complejo Hospitalario de Navarra emite informe solicitando la creación de una Sección de Diabetes, basando su solicitud en los siguientes motivos:
–La importancia que esta enfermedad representa, tanto por el número de pacientes afectados como por su repercusión.
–Las necesidades específicas de atención de dichos pacientes.
–La necesidad de desarrollar y potenciar la atención de los pacientes diabéticos dentro de la estrategia de crónicos ya implantada.
–La necesidad de hacer visible la persona referente e interlocutora con el resto de Servicios del Complejo Hospitalario de Navarra y con Atención Primaria.
En consecuencia, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, y en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
Se crea la Sección de Diabetes que se adscribe al Servicio de Endocrinología y Nutrición del Complejo Hospitalario de Navarra.
La Sección de Diabetes del Complejo Hospitalario de Navarra desarrollará las siguientes funciones:
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Lograr una adecuada coordinación entre la Atención Hospitalaria y la Atención Primaria, homogeneizando el proceso de atención al paciente diabético. Actualizar la Guía de Atención a los pacientes con DM2 para AP.
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Disponer de un sistema de información de diabetes ágil y eficaz.
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Organizar circuitos eficaces de información entre los diferentes niveles asistenciales y el propio paciente.
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