ORDEN FORAL 331/2016, de 27 de septiembre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba provisional y definitivamente la modificación del Plan General Municipal de Desojo, en la parcela 908 del polígono 3, paraje La Cuesta, promovido por Noemí Álvarez Calleja.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Doña Noemí Álvarez Calleja ha presentado expediente de modificación estructurante del Plan General Municipal de Desojo, en la parcela 908 del polígono 3, paraje La Cuesta, para su tramitación y resolución por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

El objeto de la modificación es el cambio de subcategoría de la citada parcela, de “suelo de preservación de valor ambiental” a “suelo de preservación de valor para su explotación natural”.

La promotora solicita la tramitación del expediente por el Departamento al amparo de lo dispuesto en el artículo 80.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Admitida la solicitud de subrogación y completo el expediente, por Orden Foral 235/2016, de 23 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local se aprobó inicialmente el correspondiente expediente de Modificación, habiéndolo sometido a un período de información pública de un mes mediante la publicación del pertinente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número148, de 2 de agosto de 2016, y habiendo dado audiencia al Ayuntamiento de Desojo.

Visto el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

ORDENO:

  1. Se aprueba provisional y definitivamente la modificación del Plan General Municipal de Desojo, en la parcela 908 del polígono 3, paraje La Cuesta, promovido por Noemí Álvarez Calleja.

  2. Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

    Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer...

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