ORDEN FORAL 358/2020, de 22 de octubre, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19. Identificación BDNS: 529700.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 256 - 3 de noviembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.4. Subvenciones, ayudas y becas ORDEN FORAL 358/2020, de 22 de octubre, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19. Identificación BDNS: 529700. La crisis sanitaria generada por el COVID-19 y las medidas vinculadas al estado de alarma declarado para hacerle frente, han ocasionado la suspensión o reducción de la actividad empresarial, con una masiva repercusión en el empleo de las personas asalariadas, que se han visto afectadas en gran medida por la suspensión de sus contratos o la reducción de la jornada de trabajo mediante expedientes de regulación temporal de empleo.

Las personas cuyos contratos de trabajo han sido suspendidos o han visto reducida su jornada y pasan a cobrar la prestación por desempleo, aun manteniendo el empleo, sufren una merma importante de sus rentas disponibles durante este periodo, situación que resulta especialmente gravosa para aquellas con salarios inferiores.

Conscientes de esta situación, el Consejo del Diálogo Social de Navarra ha entendido que resulta prioritario proteger a las personas en situación de mayor vulnerabilidad y considera necesario establecer un complemento a la prestación por desempleo de los trabajadores con salarios más bajos, con la finalidad de paliar en parte esta disminución de rentas y contribuir a mantener, en la medida de lo posible, un nivel de vida digno que permita la cobertura de sus necesidades. A tal efecto ha acordado con fecha 29 de junio de 2020 complementar los ERTE mediante la aprobación de una convocatoria de subvenciones.

Por lo tanto, el Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra, en el ejercicio de sus competencias y en cumplimiento de las funciones que tienen encomendadas, se propone ahora dar respuesta a lo acordado en el Consejo de Diálogo Social.

El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el 21 de octubre de 2020, ha autorizado a la Consejera de Derechos Sociales la concesión de las subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19 en régimen de evaluación individualizada.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, y por el Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales.

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19, y sus bases reguladoras figuran como el Anexo I de esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 2.975.000 euros, con cargo a la partida 900002 91100 4809 231504 COVID-19 denominada “Ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por ERTE” del presupuesto de gasto de 2020, para atender los compromisos derivados de esta Orden Foral.

    En caso de insuficiencia presupuestaria para atender a todas las solicitudes, el gasto autorizado podrá ampliarse, por un importe máximo de 1.000.000 de euros a través de los correspondientes incrementos presupuestarios. Esta cuantía queda condicionada a la autorización del crédito adicional como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 31 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. La autorización y publicidad del incremento de gasto adicional no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver y notificar.

  3. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra, con la advertencia de que la convocatoria no surtirá efectos hasta que se publique en dicho boletín.

  4. Contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

  5. Trasladar esta Orden Foral al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica, al Centro Contable de la Secretaría General Técnica, al Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 22 de octubre de 2020.–La Consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

ANEXO I

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19

Primera.–Objeto de la...

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