ORDEN FORAL 37/2020, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se prorrogan las medidas establecidas en el Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 175 - 7 de agosto de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 37/2020, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se prorrogan las medidas establecidas en el Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Con fecha 22 de julio, se aprobó el Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Dicho decreto-ley foral fue publicado el 23 de julio de 2020 en el Boletín Oficial de Navarra número 163 y convalidado por el Parlamento de Navarra con fecha 30 de julio de 2020.

El Título I del citado decreto-ley foral contempla medidas extraordinarias en el ámbito del ocio nocturno como la limitación del horario de cierre a las 2:00 horas de determinados establecimientos dedicados a espectáculos públicos y actividades recreativas y de sociedades gastronómicas y peñas. Asimismo, también se establecen limitaciones con respecto a las ocupaciones máximas por mesa o grupos de mesas, y limitaciones relacionadas con celebraciones de convivencia y ocio en espacios públicos.

En la disposición adicional segunda, punto 1, de la citada norma se habilita a la persona titular del Departamento de Salud para que, siempre que se justifique en motivos de la evolución sanitaria y de acuerdo con lo señalado en el informe que al respecto se emita por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, pueda prorrogar por períodos de 15 días naturales, las medidas establecidas en el Título I de este decreto-ley foral.

Según el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, el número de casos confirmados por semana ha ido aumentando progresivamente desde la semana del 6 al 12 de julio hasta la semana del 20 al 25 de julio. Este aumento es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR