ORDEN FORAL 38/2018, de 30 de agosto, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se modifica la habilitación al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB) para la emisión a través de los cinco múltiples de cobertura local asignados a la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, en su artículo 40.4, establece que “la emisión del servicio público de comunicación audiovisual por ondas hertzianas terrestres de una Comunidad o Ciudad Autónoma en otra limítrofe y con afinidades lingüísticas y culturales podrá ser efectuada siempre que así lo acuerden mediante convenio, y exista reciprocidad”.

La Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribieron el 15 de julio de 2016 un Convenio para la difusión de los servicios de EiTB en Navarra en los términos previstos en el artículo 40.4 de la Ley 7/2010 de 31 de marzo, de Comunicación Audiovisual.

Por este Convenio, el Gobierno de Navarra se compromete a arbitrar las soluciones técnicas más adecuadas para la difusión de los servicios de EiTB en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, en función de los canales digitales disponibles y de las circunstancias concurrentes, bien sea mediante el uso más eficiente del espectro en el múltiple autonómico actual o mediante un futuro segundo múltiple autonómico, o bien a través de los múltiples de TDT de ámbito local o de cualquier otra alternativa que fuese viable en virtud del régimen jurídico aplicable y de los recursos disponibles.

A la vista de nuevas disponibilidades en los canales digitales asignados a Navarra, el 29 de agosto de 2018, el Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo, ha modificado la reserva de espacio en los diferentes múltiples de Televisión Digital Terrestre (TDT) de ámbito local y autonómico de la Comunidad Foral de Navarra para la difusión de los servicios de EiTB, al amparo de las competencias previstas en el artículo 40.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual. Dicho Acuerdo, entre otras cuestiones, dispone la habilitación del ente público vasco para emitir ETB-3 a través de los múltiples locales de TDT de Navarra: demarcación de Estella-Lizarra (canal 24); demarcación de Pamplona/Iruña (canal 38); demarcación de Sangüesa/Zangoza: canal 45; demarcación de Tafalla (canal 31); y demarcación de Tudela (canal 39).

Por todo ello, se propone modificar la Orden Foral 49/2016 de 20 de septiembre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se habilita al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irratia Telebista-EiTB) para la emisión de los programas ETB-2 y ETB-3 en los múltiples de cobertura local en la Comunidad Foral de Navarra, reduciendo...

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