ORDEN FORAL 47/2017, de 4 de julio, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra para 2018.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra en su artículo 6.1 establece que a la Administración Deportiva de la Comunidad Foral, en este momento a través del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, le corresponderá la planificación y ejecución de la política en materia deportiva del Gobierno de Navarra. En el artículo 6.2.e) se señala, entre sus competencias, la de coordinar y tutelar a las Federaciones Deportivas de Navarra en el ejercicio de las funciones públicas que tengan delegadas, sin menoscabo de su actividad privada.

La citada Ley Foral, en su artículo 33.a), indica que la Administración Deportiva de la Comunidad Foral podrá conceder subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés público de la concesión de las presentes subvenciones, así como la legalidad de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno y su Presidente, y por el Decreto Foral 199/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra para 2018 (noviembre de 2017 a agosto de 2018, ambos incluidos), en régimen de concurrencia competitiva, cuyo texto se incluye como Anexo I y Anexo II, así como los Anexos III, IV y V, incluyendo los modelos de documentación a utilizar.

  2. Autorizar un gasto total de 2.033.182,00 euros para hacer frente a la concesión de dichas subvenciones durante el año 2018, con cargo a las Partidas Económicas siguientes:

    –1.970.000,00 euros con cargo a la Partida Económica A50002 A5120 4819 336100, denominada “Subvenciones a Federaciones”, o partida análoga que se habilite al efecto en los Presupuestos Generales de Navarra para 2018.

    –41.797 euros con cargo a la Partida Económica A50002 A5120 4819 336106, denominada “Indumentaria de las selecciones deportivas de Navarra”, o partida análoga que se habilite al efecto en los Presupuestos Generales de Navarra para 2018.

    –21.385 euros con cargo a la Partida Económica A50002 A5120 7819 336100, denominada “Equipamiento de las federaciones deportivas”, o partida análoga que se habilite al efecto en los Presupuestos Generales de Navarra para 2018.

    La concesión de subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito presupuestario suficiente para esta finalidad en los Presupuestos Generales de Navarra de 2018.

  3. Publicar esta Orden Foral y los Anexos I y II en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos. El resto de anexos estarán disponibles en la página web www.navarra.es.

  4. Contra la presente Orden Foral, podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Pamplona, 4 de julio de 2017.–La Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, Ana Herrera Isasi.

ANEXO I

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra

Base 1.ª Objeto y finalidad.

  1. El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra, para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2017 y el 31 de agosto de 2018.

  2. Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue la finalidad de apoyar a las Federaciones Deportivas de Navarra en el cumplimiento de las funciones que tienen contempladas en la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, y su desarrollo posterior.

  3. Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue conseguir el fin social de:

    1. Promover y facilitar el funcionamiento ordinario de las Federaciones Deportivas de Navarra.

    2. Promover y facilitar la celebración de competiciones oficiales de ámbito navarro, y la participación en las competiciones de ámbito nacional.

    3. Procurar el desarrollo y extensión de la práctica deportiva federada en la Comunidad Foral de Navarra.

    Base 2.ª Conceptos subvencionables.

  4. Gastos de funcionamiento ordinario.

  5. Organización de campeonatos oficiales navarros.

  6. Participación en campeonatos oficiales nacionales.

  7. Organización de campeonatos oficiales nacionales.

  8. Actividades de promoción.

  9. Actividades de formación.

  10. Indumentarias deportivas.

  11. Equipamiento de material inventariable.

    Base 3.ª Entidades beneficiarias.

    Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Federaciones Deportivas de Navarra, inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 80/2003, de 14 de abril, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Navarra y el Registro de Entidades Deportivas de Navarra.

    Base 4.ª Requisitos de las Federaciones Deportivas para ser beneficiarias.

  12. Estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra.

  13. Estar al corriente en el pago en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

  14. No estar incursas en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

  15. Tener contratado un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de las actividades organizadas por las Federaciones Deportivas, tanto para la entidad como tal, como para las personas pertenecientes a la misma cuando actúan en su representación (equipos directivos y empleados/as).

    Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

    Base 5.ª Presentación de solicitudes.

  16. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (calle Arrieta, 25, 31002 Pamplona), en cualquiera de las Oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, en aquellos lugares establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 16) y en el Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra. Para tramitar las solicitudes a través de registro electrónico, será necesario disponer de la firma electrónica de la persona o personas que firmen la solicitud y los documentos anexos, así como la firma electrónica de la Federación Deportiva correspondiente.

  17. La solicitud deberá ir dirigida al “Instituto Navarro de Deporte y Juventud”, de acuerdo al modelo oficial establecido al respecto.

  18. El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

  19. Podrán presentarse solicitudes por correo; en este caso la entidad interesada deberá acreditar con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano gestor de la subvención, a través del correo electrónico rentidad@navarra.es. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida fuera del plazo señalado para la presentación.

    La solicitud de subvención supone la aceptación de las bases que rigen la presente convocatoria.

    Base 6.ª Documentación a presentar por las entidades solicitantes.

    La documentación a presentar será la siguiente, toda ella de acuerdo a los modelos establecidos desde el Instituto Navarro de Deporte y Juventud (Anexo V):

  20. Impreso general de solicitud. Se incluirá una dirección de correo electrónico a través de la cual se podrá solicitar, en su caso, la subsanación de la solicitud, de acuerdo con la base 7.ª de este anexo, y en la que se recibirá, a los efectos de mera comunicación, el traslado de la resolución de concesión.

  21. Declaración responsable, otorgada por el/la representante de la entidad, haciendo constar que ésta no se encuentra incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

  22. Certificado expedido por el Departamento de Hacienda y Política Financiera del Gobierno de Navarra, con una antelación no superior a un mes, que acredite estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral. No será necesario presentar esta documentación si se concede autorización para que se pueda realizar esta comprobación directamente por el INDJ ante el Departamento de Hacienda y Política Financiera.

  23. Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, con una antelación no superior a tres meses, que acredite que la entidad solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. No será necesario presentar esta documentación si se concede autorización para que se pueda realizar esta comprobación directamente por el INDJ ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

  24. Copia de la póliza del seguro, y del justificante del último pago correspondiente a la misma, que cubra la responsabilidad civil de la Federación Deportiva derivada de las actividades organizadas por las Federaciones Deportivas, tanto para la entidad como tal, como para las personas pertenecientes a la misma cuando actúan en su representación (equipo directivo y personal).

  25. Impresos de solicitud para los diferentes conceptos objeto de solicitud (apartados 1 a 8 de la base...

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