ORDEN FORAL 51 /2021, de 20 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se establece un plazo extraordinario de presentación y, en su caso, ingreso de determinados modelos de autoliquidación correspondientes al primer trimestre de 2021.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 97 - 29 de abril de 2021 1. Comunidad Foral de Navarra 1.7. Otros ORDEN FORAL 51 /2021, de 20 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se establece un plazo extraordinario de presentación y, en su caso, ingreso de determinados modelos de autoliquidación correspondientes al primer trimestre de 2021. La Orden Foral 40/2009, de 18 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 130 de Autoliquidación de pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el artículo 62.4.a) del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, establecen respectivamente que la presentación e ingreso de los pagos fraccionados a cuenta del IRPF y de las declaraciones liquidaciones trimestrales de IVA se realizará en los veinte primeros días naturales del mes siguiente a cada trimestre natural.

Por su parte, el artículo 48.6 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre, establece que las declaraciones a que se refiere este artículo (Obligaciones del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta) y, en su caso, el ingreso correspondiente se realizará en los plazos, modelos y forma que para cada clase de renta establezca la persona titular del Departamento competente en materia tributaria.

Finalmente, y en los mismos términos, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, en su artículo 90.5 establece que las declaraciones a que se refiere este artículo (Obligaciones formales del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta) y, en su caso, el ingreso correspondiente, se realizarán en los modelos, plazos y forma que para cada clase de renta establezca la persona titular del Departamento competente en materia tributaria.

De acuerdo con lo anterior, con carácter general el plazo de presentación de las declaraciones correspondientes al primer trimestre de 2021, finaliza el día 20 de abril de 2021.

El artículo 62.4 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido establece asimismo que la persona titular del...

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