ORDEN FORAL 67/2014, de 5 de noviembre, del Consejero de Fomento, por la que se prorroga el periodo de vigencia de lo establecido en la disposición transitoria sexta del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda, hasta el 31 de diciembre de 2015.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La disposición transitoria sexta del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda, establece los criterios para la adjudicación de las viviendas protegidas declaradas vacantes hasta el 31 de diciembre de 2014.

No obstante lo anterior, el apartado 3 de la mencionada disposición transitoria establece que el periodo de vigencia fijado puede ser modificado mediante Orden Foral del Consejero competente en materia de vivienda.

Estando próxima la fecha fijada como límite para la vigencia de los criterios establecidos para la adjudicación de las viviendas protegidas declaradas vacantes, se estima necesaria su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2015. Ello se justifica en que todavía existe un número importante de viviendas protegidas sin adjudicar que ronda, según los datos aportados por el Servicio de Vivienda, el millar de unidades, y en que gran parte de las viviendas protegidas incluidas en promociones calificadas en régimen de propiedad, han sido declaradas vacantes por no existir en el Censo de solicitantes personas interesadas en las mismas que cumplieran los requisitos de acceso.

En su virtud, y de conformidad con las facultades que me otorga el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,

ORDENO:

  1. Prorrogar el periodo de vigencia de lo establecido en la disposición...

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