ORDEN FORAL 68/2016, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento de designación interina de los puestos de Jefatura de Servicio y Jefatura de Sección Asistencial en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, establece en su artículo 34 que la provisión de las jefaturas de servicio y de sección médico-asistenciales se realizará por concurso o concurso-oposición libre.

El Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, regula en su Capítulo I, Sección 2.ª, Apartado A) el procedimiento de selección para la provisión de puestos de dichas jefaturas, indicando que la misma se realizará, con ocasión de vacante, mediante concurso-oposición libre o mediante el sistema excepcional de concurso de méritos previsto en el artículo 31 de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, en los que podrán participar aquellos facultativos que reúnan los requisitos que se exijan en las correspondientes convocatorias.

Dicha norma establece que los titulares de los puestos de Jefatura de Servicio y de Sección que hubieran completado seis años en el desempeño de los mismos continuarán interinamente en el ejercicio de dichos puestos hasta que se resuelva la evaluación a que se refiere el artículo anterior. Añade asimismo en su artículo 18, apartado 3, que la nueva convocatoria de la jefatura se realizará con ocasión de vacante en la unidad, pudiéndose designar interinamente, entre tanto, a un facultativo especialista de plantilla para desempeñar dicha jefatura.

Al hilo de recientes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y de conformidad con los principios constitucionales de publicidad, mérito y capacidad, se considera necesario desarrollar el procedimiento de designación interina garantizando la participación en condiciones de igualdad de todo el personal.

La presente Orden Foral, que ha sido objeto de la preceptiva negociación en la Mesa Sectorial de Salud, tiene por finalidad regular, en atención a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como al de publicidad, el procedimiento para la cobertura interina a que se refiere el párrafo anterior.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto regular el procedimiento para la provisión mediante designación interina de los puestos de trabajo de Jefatura de Servicio o de Sección asistencial del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en tanto se proceda, en su caso, a su convocatoria pública por el procedimiento reglamentario que se determine.

La provisión interina de los puestos de trabajo de Jefatura de Servicio o Sección asistencial se realizará por concurso de méritos mediante convocatoria pública.

Artículo 2 Requisitos de los aspirantes.

Podrá participar en la convocatoria el personal facultativo que tenga plaza en propiedad de la especialidad de que se trate en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Artículo 3 Procedimiento.

La selección se llevará a cabo con arreglo al siguiente procedimiento:

  1. Publicidad:

    La convocatoria será publicada en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es.

  2. Plazo y presentación de solicitudes:

    El plazo para la presentación de las solicitudes de participación en la convocatoria será de 1 mes...

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