ORDEN FORAL 69/2014, de 10 de noviembre, del Consejero de Fomento, por la que se aprueba la 1.ª Actualización de los Planes de Ordenación del Territorio.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Los Planes de Ordenación Territorial se diseñan en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, como instrumentos cuyo objeto es la ordenación del territorio de áreas o zonas de Navarra de ámbito supramunicipal. Con la citada finalidad desarrollan el Modelo de Desarrollo Territorial de futuro y las directrices relacionadas con la ordenación del territorio establecidos por la Estrategia Territorial de Navarra.

Mediante los siguientes Decretos Forales, publicados en el Boletín Oficial de Navarra número 145, de 21 de julio de 2011, se aprobaron los cinco Planes de Ordenación Territorial (POT) de Navarra:

Decreto Foral 43/2011, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación Territorial del Pirineo (POT1).

Decreto Foral 44/2011, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación Territorial de la Navarra Atlántica (POT2).

Decreto Foral 45/2011, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación Territorial del Área Central (POT3).

Decreto Foral 46/2011, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación Territorial de las Zonas Medias (POT4).

Decreto Foral 47/2011, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación Territorial del Eje del Ebro (POT5).

Los Planes de Ordenación Territorial se han dotado de mecanismos de revisión, modificación y actualización, toda vez que éstos se refieren a una realidad cambiante en muchos aspectos, que puede convertir un documento útil en obsoleto o poco operativo. Con estos mecanismos de seguimiento y actualización, los POT ajustan sus previsiones a la continua evolución del territorio con el objetivo de garantizar el cumplimiento de los objetivos prefijados y readaptar sus contenidos a medida que el territorio y sus dinámicas evolucionan, o mejora el conocimiento sobre todo ello.

Tres son los mecanismos que permiten realizar el seguimiento de su evolución y garantizar su adaptabilidad y adecuación al territorio y sus sinergias: revisión, modificación y actualización.

El mecanismo de la actualización, previsto en el artículo 8 de los cinco Decretos Forales por los que se aprueban respectivamente los cinco Planes de Ordenación del Territorio, persigue garantizar la continuidad y versatilidad temporal de los POT, mediante la incorporación de contenidos que, no alcanzando el carácter de modificación -por no producir alteración en sus determinaciones ni en los MDT- adapten y complementen la...

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