ORDEN FORAL 72/2020, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se acuerda el fin de la suspensión de los contratos de servicios complementarios de trasporte y comedor escolar y la reanudación de la ejecución de dichos servicios desde el inicio oficial efectivo del curso escolar 2020/2021.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 198 - 3 de septiembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.7. Otros ORDEN FORAL 72/2020, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se acuerda el fin de la suspensión de los contratos de servicios complementarios de trasporte y comedor escolar y la reanudación de la ejecución de dichos servicios desde el inicio oficial efectivo del curso escolar 2020/2021. La Organización Mundial de la Salud elevó el 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional, tras lo que, mediante Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, modificado por Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, se declaró en el conjunto del Estado español el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Por Orden Foral 3/2020, de 13 de marzo, de la Consejera de Salud, se adoptan medidas preventivas e instrucciones de salud pública como consecuencia de la situación y evolución del Coronavirus (COVID-19). Esta Orden Foral ordenó la suspensión de toda actividad educativa presencial, en todos los centros y niveles, lectiva o extraescolar, pública o privada, de cero años a Universidad incluida, así como las actividades complementarias educativas.

Mediante Orden Foral 26/2020, de 13 de marzo, del Consejero de educación, se adoptaron medidas en el ámbito educativo como consecuencia de la situación y evolución del Coronavirus (COVID-19), que se modificó mediante Orden Foral 27/2020, de 15 de marzo, indicando en su punto 5.º la suspensión por motivos de interés público de los contratos de los servicios complementarios de transporte y comedor desde el día 16 de marzo de 2020, incluido, hasta que se reanudase la actividad educativa presencial.

Posteriormente mediante Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, se aprobaron medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del Coronavirus (COVID-19). En su artículo 2, medidas en el ámbito de la contratación pública y los conciertos sociales modificado, y se determinó que los contratos públicos que tuviesen por objeto servicios y suministros de prestación sucesiva, vigentes a la entrada en vigor de la citada Ley Foral, celebrados por las entidades sometidas a la normativa de contratación pública vigente en la Comunidad Foral de Navarra en el momento de la adjudicación de cada contrato, cuya ejecución devengara total o parcialmente imposible como consecuencia de la situación creada por el COVID-19...

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