ORDEN FORAL 75/2020, de 31 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se aprueba el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2020/2021.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 200 - 4 de septiembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.7. Otros ORDEN FORAL 75/2020, de 31 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se aprueba el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2020/2021. El artículo 9 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 determina que “las administraciones educativas deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de los centros docentes, públicos o privados, que impartan las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de los citados centros que aquellas establezcan.

En cualquier caso, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que se mantenga una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio.”

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 19 de junio de 2020, se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva normalidad y se dictan medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Los tres primeros puntos del apartado 6 del Anexo de dicho Acuerdo establecen:

1. La actividad educativa de los centros docentes se regirá por las condiciones sanitarias que se determinen en cada momento.

2. Serán de obligado cumplimiento las normas de desinfección y prevención que se establezcan por parte de la autoridad sanitaria.

3. El Departamento de Educación elaborará un protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta el momento. Dicho protocolo será supervisado por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Con fecha 22 de junio de 2020, los Ministerios de Sanidad y de Educación y Formación Profesional acordaron una guía de “Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 en el curso 2020-2021”.

Con base en dichas medidas, el 29 de junio de 2020, el Departamento de Educación remitió a los centros docentes un primer documento del protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2020/2021, para que los equipos directivos pudieran ir preparando los planes de contingencia de los centros docentes.

Con posterioridad, mediante Orden comunicada del Ministro de Sanidad, de 27 de agosto de 2020, se ha aprobado la Declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2020-21. Esta Declaración de Actuaciones Coordinadas incluye 23 medidas, y 5 recomendaciones para su aplicación por las administraciones competentes, tomando en consideración las propuestas debatidas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación y adoptadas previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Asimismo, por Orden Foral 40/2020, de 28 de agosto, de la Consejera de Salud, se adoptan medidas preventivas en relación con el uso de mascarillas durante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, en los centros escolares y universitarios de la Comunidad Foral de Navarra.

El Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, una vez supervisado el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso escolar 2020-2021, aconseja “comenzar el curso escolar en situación 2, que incluye realizar jornada de mañana, con grupos estables de convivencia hasta 6.º de primaria incluido, comedor escolar y transporte escolar”.

En virtud de todo lo dispuesto y teniendo en cuenta las medidas acordadas por los Ministerios de Sanidad y de Educación y Formación Profesional, procede aprobar el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso escolar 2020-2021.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

  1. Avocar la competencia de los Directores Generales de Educación, de Formación Profesional y de Recursos Educativos, a los efectos del contenido de la presente orden foral.

  2. Aprobar el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2020/2021, que figura como Anexo a la presente Orden Foral.

  3. El Protocolo resultará de aplicación a todos los centros docentes de la Comunidad Foral de Navarra que imparten las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, 3 de mayo, de Educación, excepto el primer ciclo de Educación Infantil y la enseñanza universitaria.

  4. Determinar, a propuesta del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, que el curso escolar 2020-2021 se va a iniciar en la situación 2 contemplada en el citado Protocolo.

    Esta situación se revisará por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra de manera continuada en función de la situación epidemiológica y del impacto que la incidencia de casos confirmados tenga en el funcionamiento de los centros educativos.

  5. El Protocolo se irá actualizando a lo largo del curso escolar cuando así lo exija la situación sanitaria que exista en cada momento o para adecuar su aplicación a las necesidades del sistema educativo. Dichas actualizaciones serán aprobadas por Orden Foral, y serán publicadas en el Boletín Oficial de Navarra, en la página web del Departamento de Educación: www.educacion.navarra.es y serán remitidas a los centros docentes.

  6. Publicar la presente Orden Foral y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

  7. Contra la presente orden foral y su Anexo las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación.

  8. Trasladar esta orden foral y su Anexo a las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de Educación y de Salud, a las Direcciones Generales de Educación, de Formación Profesional y de Recursos Educativos del Departamento de Educación, al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y a los centros docentes, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 31 de agosto de 2020.–El Consejero de Educación, Carlos Gimeno Gurpegui.

    ANEXO

    Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2020-2021

    Índice

    1. –Introducción.

    2. –Organización escolar adaptada a la pandemia.

    3. A. Consideraciones generales respecto a la organización de los centros educativos.

    4. B. Clasificación de las situaciones según la realidad sanitaria del momento.

      Situación 1: el riesgo de contagio es relativamente bajo y la capacidad de controlar los focos es alta.

      Situación 2: bloqueo reforzado de sectores.

      Situación 3: alternativa al cierre de los centros educativos, bloqueo total de sectores.

      Situación 4: cierre total de centros.

    5. –Programación didáctica de cursos y áreas.

    6. –Dotación tecnológica.

    7. –Plan de refuerzo de la competencia digital.

    8. –Plan tutorial para la actividad lectiva a distancia y proceso de acogida del alumnado.

    9. –Medidas organizativas y de seguridad.

      6.0. Uso de mascarillas.

      6.1. Entrada y salida del alumnado.

      6.2. Gestión de las aulas.

      6.3. Gestión de los desplazamientos internos.

      6.4. Gestión del patio y del tiempo de recreo.

      6.5. Gestión del uso de los baños.

      6.6. Limpieza y desinfección.

      6.7. Comedores.

      6.8. Transporte.

      6.9. Gestión del personal del centro.

      6.10. Gestión del personal ajeno al centro.

      6.11. Medidas dirigidas al personal vulnerable al COVID-19.

      6.12. Manera de proceder ante un caso COVID-19.

      6.13. Labores en las que las personas de referencia para el COVID-19 colaborarán con el equipo directivo del centro.

      6.14. Actividad física y manualidades.

      6.15. Enseñanzas específicas.

INTRODUCCIÓN 1

Según apartado 6.3 del anexo del Acuerdo del Gobierno de Navarra de 19 de junio de 2020, por el que se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva normalidad y se dictan medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Protocolo para la transición hacia una nueva normalidad, publicado el 20 de junio de 2020 en el Boletín Oficial de Navarra, “el Departamento de Educación elaborará un protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta el momento. Dicho protocolo será supervisado por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.”

El desarrollo del curso 2020-2021 es imprevisible, dado el desconocimiento que aún tenemos acerca de la posible evolución de la pandemia del COVID-19. En consecuencia, resulta imprescindible prever diferentes escenarios a los que adaptarse dependiendo de las circunstancias sanitarias que puedan darse. En el protocolo que se presenta se contemplan cuatro situaciones diferentes que permitan que el sistema educativo tenga la capacidad de adaptación necesaria a las distintas e hipotéticas realidades que se puedan producir, partiendo de las premisas de garantizar la seguridad y salud del personal empleado y del alumnado, la máxima conciliación de la vida familiar y laboral de los padres y madres del alumnado, principalmente, de Educación Infantil y Primaria aun en los momentos de crisis sanitaria y, con ello y otras...

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